Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

VISTO; en sesion extraordinaria de Concejo, de fecha 25 de MORDAZA del dos mil once, el Dictamen Nº 005-2011CSCyMA/MDR de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente e Informe N° 556-2011-GAJ-MDR del 21 de MORDAZA del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, opinando por la procedencia del "Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito del Rimac"; CONSIDERANDO: Que, conforme con los articulos 194º y 195° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Reforma Constitucional Ley 27680, concordante con el articulo II del Titulo del Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27292, senala que, los Organos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, los cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, los articulos 2° y 67° de la Constitucion Politica del Peru senalan que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, siendo el Estado el que determina la Politica Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los Recursos Naturales; Que, mediante Ley N° 28611-Ley General del Ambiente, se establecen los principios y normas basicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; Que, la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental N° 28245, tiene por objeto asegurar el mas eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades publicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestion ambiental, el rol que le corresponde al Concejo Nacional del Ambiente-CONAM y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacios o conflictos; Que, el acapite 3.1 del numeral 3) del articulo 80° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que es funcion especifica y exclusiva de la Municipalidad Distrital la de proveer el servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y del aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, asimismo el ultimo parrafo de la Ley General de Residuos Solidos N° 27314, modificado por el articulo 1° del Decreto Legislativo N° 1065, dispone que las municipalidades distritales y las provinciales en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion y que los residuos solidos en su totalidad deberan ser conducidos directamente a infraestructuras de residuos autorizados por la municipalidad provincial, entando obligados los municipios distritales al pago de los derechos correspondientes; Que, la Ordenanza N° 295-MML modificada por la Ordenanza N° 754 y su Reglamento aprobado por Decreto de Alcaldia N° 147-2001-MML, modificado por los Decretos de Alcaldia Nºs. 093-2003; 048-2004 y 068-2004, establecen para la provincia de MORDAZA, las disposiciones que rigen en los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos de las responsabilidades de las personas que generan residuos solidos; Que, el presente Proyecto de Ordenanza tiene por objeto aprobar el Plan de Manejo de Residuos Solidos en la jurisdiccion del distrito del MORDAZA, con la finalidad de garantizar la aplicacion de politicas, planes, programas y acciones destinadas al manejo tecnico de los residuos solidos. En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 9° y 26° del articulo 9° y articulos 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 , con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la aprobacion del Acta ha dado la siguiente:

"ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DEL RIMAC"
Articulo 1.- APROBAR "El Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito del Rimac", que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza y consta en la pagina web de la Municipalidad. Articulo 2.- AUTORIZAR al Senor MORDAZA para que via Decreto de Alcaldia efectue las modificaciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el articulo precedente. Articulo 3.- DISPONER el cumplimiento obligatorio del presente documento de Gestion a las Unidades Organicas competentes de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, las mismas que deberan ejecutar las actividades contenidas en el presente Plan. Articulo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, velar por el estricto cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Solidos, a fin de alcanzar los objetivos formulados. Articulo 5.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y a la Sub Gerencia de Informatica; publicar en el MORDAZA del Estado Peruano (www,peru.gob.pe) y en la pagina web de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, (www.munirimac.gob.pe), el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito del Rimac. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

669990-2

Aprueban Plan de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios en el distrito del MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA N° 007-2011-MDR
MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC; VISTO, el Informe N° 556-2011-GAJ-MDR de la Gerencia de Asesoria Juridica , en la que opina por la procedencia legal de la aprobacion del Plan de Segregacion en la Fuente de Residuos Solidos Domiciliarios en el distrito del Rimac; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, lo que, desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligacion de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la MORDAZA humana exista en un entorno ambientalmente MORDAZA y aceptable donde las personas puedan disfrutar de un ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan de manera natural y armonica; Que, la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, establece en su articulo 80 que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley N° 27314 General de Residuos Solidos, modificado por Decreto Legislativo N° 1065 establece como competencia de las municipalidades distritales y provinciales, en lo que concierne a los distritos del Cercado, la responsabilidad por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion;

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