Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

a estos y de la limpieza de los espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, se aprueba la Politica Nacional del Ambiente, la cual establece en el Eje de Politica Nº 2 Ia Gestion Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno de los Lineamientos de Politica de los Residuos Solidos, el de promover la formalizacion de los segregadores y recicladores y otros actores que participan en el manejo de los mismos; Que, la Ley Nº 29419 ­ Ley que Regula Ia Actividad de los Recicladores ­ busca establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais. Esto en el MORDAZA de los objetivos y principios de las Leyes Nº 27314 y Nº 28611, MORDAZA citadas, estableciendo a su vez que dicha actividad es regulada por los gobiernos locales como entes rectores, en el MORDAZA de sus atribuciones y que el regimen de regulacion local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos; Que, el literal a) del numeral 1.4 del articulo 1º de la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 119-2009, crea el Programa de Modernizacion Municipal para el periodo 2010 -- 2013, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local, senalando que los recursos del Programa de Modernizacion Municipal se asignan conforme a criterios de: i) clasificacion de las municipalidades de acuerdo a sus caracteristicas y potencialidades y ii) cumplimiento de requisitos relacionados a los resultados de recaudacion de impuestos municipales y generacion de condiciones favorables para un clima de negocios; Que, el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF, de fecha 11 de septiembre del 2010, aprueba las disposiciones que contienen los procedimientos para el cumplimiento de las metas y Ia asignacion de los recursos que deberan seguir las municipalidades provinciales y distritales del MORDAZA para acceder a los recursos del Programa de Modernizacion Municipal; y que para el cumplimiento de la Meta 2 de la mencionada MORDAZA la Municipalidad debe realizar un Estudio de Caracterizacion de Residuos Solidos del area MORDAZA del distrito, desarrollar el Plan de Manejo de Residuos Solidos Distrital e Implementar un Programa de Segregacion de Residuos Solidos en la Fuente; Que, en merito a lo expuesto la gerencia de servicios a la MORDAZA, ha formulado el Programa de Segregacion en la fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos domiciliarios, a fin de implementarlo en el distrito; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2011/MLV de fecha 22 de MORDAZA de 2011 se encargo el despacho de la Alcaldia a la MORDAZA alcaldesa MORDAZA del MORDAZA Manchego Bustios desde el 24 al 28 de MORDAZA y desde el 9 al 16 de agosto de 2011, y; Estando a los fundamentos expuestos, en merito a las normas legales glosadas y tomando en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Nº 132-2011/MLV que aprobo el Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de La MORDAZA y de acuerdo a lo regulado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en uso de las facultades otorgadas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios en el distrito de La Victoria", con el objeto de mejorar la gestion ambiental de los residuos solidos del distrito, involucrando a las organizaciones sociales, dignificando las condiciones de salud y trabajo de los recicladores, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. Articulo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto y el Anexo I en el MORDAZA institucional www. munilavictoria.gob.pe, debiendo ejecutar las demas acciones que corresponden a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el cumplimiento de

lo dispuesto en el presente decreto de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA DEL C. MANCHEGO BUSTIOS MORDAZA Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldia

670015-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de Punta Negra
ORDENANZA Nº 008-2011/MDPN
Punta Negra, 16 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTOS: en Sesion Ordinaria de la fecha, el informe Nº 058-2011/GSCyS/MDPN, de la Gerencia de Servicios a la Comunidad y Sociales solicitando aprobacion el Plan de manejo de Residuos Solidos (PMRS) del Distrito de Punta Negra. CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, y sus modificatorias regula que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con este se pronuncia el articulo II del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 80º de la Ley Nº 27972 en sus numerales 3.1, 3.4, 4.1, 4.3, regulan que son funciones de las Municipalidades distritales: la de promover del servicio de limpieza publica determinando las aereas de acumulacion de desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de desperdicios; fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos, y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente; administrar y reglamentar directamente o por concesion el tratamiento de residuos solidos cuando este en capacidad de hacerlo; difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades provinciales y los organismos nacionales pertinentes. Que, por su parte, el articulo 67º de la ley general del Ambiente Nº 28611, dispone que, corresponde a los gobiernos locales, priorizar medidas de saneamiento basico que incluyan la gestion y manejo, entre otros, de los residuos solidos; conforme lo prescriben el articulo 14º y siguiente de la misma norma. El Sistema Nacional de Gestion Ambiental esta constituido sobre la base de organismos estatales, asi como por organismos publicos descentralizados e instituciones publicas a nivel local, e integra los sistemas sectoriales regionales y locales de gestion publica en materia ambiental, contando entre los mecanismos orientados a la ejecucion de la politica ambiental, instrumentos de gestion ambiental, como los de planificacion y prevencion. Que, segun el articulo 10º de ley General de Residuos Solidos, Nº 27314, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065, los distritos son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos, y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion, y deben contar con planes de manejo de los mismos.

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