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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2011 (26/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de julio de 2011 447285 EF, a fi n de dar cumplimiento a las metas de asignación de recursos del Programa de Modernización Municipal del Año 2011 por lo que recomienda se proceda a la emision del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Proveído Nº 1312-2011-MDA/GM, la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFÍQUESE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 245-MDA y ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 311-2010- MML, en los procedimientos Nº 94, 95 y 96, referentes al otorgamiento de Licencias de Funcionamiento, en cuanto a la reducción de requisitos y modifi cación de nomenclatura de la unidad orgánica responsable para la tramitación de los mismos, conforme al cuadro anexo que forma parte del presente Decreto. Artículo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe), y en el Portal de Servicios de Ciudadanos y Empresas el íntegro del anexo mencionado. Artículo 3º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO; toda norma que se oponga al presente Decreto de Alcaldía. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Formalización Empresarial, y demás Unidades Orgánicas competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 670094-4 Modifican el TUPA de la Municipalidad en los Procedimientos del Nº 24 al Nº 63, referentes a procedimientos de edificaciones y habilitaciones urbanas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009 Ate, 21 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe Nº 007-2010-MDA/GP de la Gerencia de Planificación, que propone la modificación de los Procedimientos Administrativos del Nº 24 al Nº 63 sobre Licencias de Edifi caciones y Habilitaciones Urbanas contenidos en el TUPA vigente de la Corporación Municipal, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que asimismo el Artículo 44º de la Ley antes glosada, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 245-MDA, de fecha 24 de junio de 2010, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010, ratifi cado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 13 de agosto de 2010; dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar en el caso de Municipalidades por Decreto de Alcaldía; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29566 - Ley que Modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias-, que modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, asimismo modifi ca la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, que dispone la eliminación de requisitos para solicitar licencias de edifi cación y de funcionamiento, indicando que no será exigible la presentación de los siguientes documentos: a) Copia Literal de Dominio, b) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, c) Boletas de Habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite, d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del Gobierno Local, para los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones urbanas; Que, mediante Informe Nº 007-2011-MDA/GP de la Gerencia de Planifi cación, señala que se debe de eliminar del Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA, el Certifi cado de Parámetros y Urbanísticos y Edifi catorios, Boletas de Habilitación de los profesionales como requisitos para la obtencion de Licencia de Edifi cación de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29566 a fi n de cumplir con las metas asignadas al primer semestre del 2011 de acuerdo a lo que dispone el Decreto Supremo Nº 190- 2010-EF, referido al cumplimiento de metas y asignacion de recursos del Programa de Modernización Municipal del año fi scal 2011, por lo que recomienda se proceda a la emision del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Proveído Nº 1316-2011-MDA/GM, la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFIQUESE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 245-MDA y ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 311-2010- MML, en los procedimientos del Nº 24 al Nº 63, referentes a los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones urbanas; en cuanto a la eliminación de los siguientes requisitos i) Copia Literal de Dominio, ii) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, iii) Boletas de Habilitación de los profesionales que intervienen en el tramité, iv) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del Gobierno Local, conforme al cuadro anexo que forma parte del presente Decreto. Artículo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe), y en el Portal de Servicios de Ciudadanos y Empresas el íntegro del anexo mencionado. Artículo 3º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO; toda norma que se oponga al presente Decreto de Alcaldía. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, y demás Unidades Orgánicas competentes Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 670094-5