Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447287

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan la vigencia y efectos del D.A. Nº 008-2011-ALC/MLV referente al ordenamiento del Damero de La Parada
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2011-ALC/MLV
La MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 160-2011-SGCIM-GDE/MLV del 18 de MORDAZA de 2011 emitido por la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados, el Informe Nº 119-2011GDE/MLV de fecha 22 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Desarrollo Economico, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico. Asimismo, el articulo 1º de la Constitucion establece la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado, por lo que el articulo 2º, numeral 22) de la Carta Magna consagra como derecho fundamental de las personas el "gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida". Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece en sus Articulos IV y VIII del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, estando sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, mediante Ordenanza Nº 047-2000/MDLV publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 30 de junio del 2000 se establecio como MORDAZA de reordenamiento especial el Damero de La Parada conformado por el perimetro de la Av. Mexico, Av. 28 de MORDAZA (desde la berma central), la Av. Aviacion y la Av. San Pablo; Que, en merito a las normas legales glosadas y a los informes emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Desarrollo Economico, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y las subgerencias de Comercio Informal y Mercados y de Defensa Civil se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 008-2011-ALC/MLV publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de junio de 2011 donde se dispuso el ordenamiento del Damero de La Parada y se suspendio temporalmente y de manera excepcional el cobro del servicio de recojo de residuos solidos proveniente del comercio informal y del estacionamiento vehicular temporal en dicho damero, con el objeto de preservar la seguridad y salubridad en la zona. Asimismo, se establecio que la vigencia de dicho Decreto podia ser prorrogado de ser el caso; Que, mediante informes de vistos la Gerencia de Desarrollo Economico y la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados ha comunicado el trabajo que se ha venido realizando en la MORDAZA, precisando que habiendose recuperado la autoridad municipal y siendo necesario culminar satisfactoriamente el ordenamiento del Damero de La Parada resulta necesario prorrogar por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario la vigencia del Decreto de Alcaldia Nº 008-2011-ALC/MLV; por lo que, estando a los fundamentos expuestos y contando con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las

facultades conferidas en los articulos 42º y 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia y los efectos del Decreto de Alcaldia Nº 008-2011-ALC/MLV por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, en merito a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a las Gerencias de Desarrollo Economico, de Desarrollo MORDAZA, de Fiscalizacion y Control, de Rentas y demas areas pertinentes, de acuerdo a sus funciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

670012-1

Aprueban el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios en el distrito de La Victoria"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2011-ALCMLV
La MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011 LA MORDAZA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 019-2011-GESECl/MLV, de fecha 20 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 250-2011-GAJ/MLV de fecha 21 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, y el Proveido Nº 1117 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27973 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, los cuales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, los numerales 4.1 y 4.5 del articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establecen que las municipalidades distritales administran y reglamentan, directamente o por concesion el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo, asi como de realizar campanas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educacion sanitaria y profilaxis; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente ­ dispone que el Estado, a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la ley. Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos ­ senala las obligaciones y derechos, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales, proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; precisando en su articulo 10º que las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares

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