Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

electronica, a traves del SEACE, En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de las Entidades que cuenten con dicho Organo, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Articulo Quinto.- Encargar al Vice Rectorado Administrativo, disponga las investigaciones correspondientes, a efectos de determinar si hubo responsabilidad de parte de los servidores o funcionarios de esta Entidad, que MORDAZA generado el estado de desabastecimiento inminente del servicio de seguridad y vigilancia de esta MORDAZA Superior de Estudios, considerando las acciones senaladas en el Art. 46º de la Ley de Contrataciones del Estado, asimismo derivar al organo de Control Institucional los actuados en la referida investigacion asi como los de la presente exoneracion del MORDAZA de Seleccion; Articulo Sexto.- El Vice Rectorado Administrativo, asi como la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA VEGAS GALLO Presidente de la Comision de Orden y Gestion y Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA

669958-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos en el distrito de Ate
ORDENANZA Nº 277-MDA
Ate, 22 de MORDAZA de 2011 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de MORDAZA del 2011, visto el Dictamen Nº 002-2011-MDA/CSP de la Comision de Servicios Publicos; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º inciso 22 de la Constitucion Politica del Peru, establece el derecho de toda persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; asimismo el articulo 67º establece que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 80º, especifica que son funciones especificas compartidas de las municipalidades en materia de saneamiento, salubridad y salud los siguientes: Regular y controlar el MORDAZA de disposicion final de desechos solidos, liquidos y vertimientos industriales en el ambito provincial y Regular y controlar la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente; Que, la Gestion Ambiental Nacional se encuentra organizada a traves del Sistema Nacional de Gestion Ambiental Ley Nº 28245 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM; Que, la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos y su modificatoria Decreto Legislativo Nº 1065, son de aplicacion a todas las actividades, procesos y operaciones de la gestion y manejo de residuos solidos, desde la generacion hasta su disposicion final, incluyendo las distintas MORDAZA de generacion de dichos residuos,

en los sectores economicos, sociales y de la poblacion. Asimismo, comprende las actividades de internamiento y MORDAZA por el territorio nacional de residuos solidos. En esta Ley y en la modificatoria citada se describen el ambito de accion de los gobiernos locales en cuanto a la gestion y manejo de los residuos solidos en su jurisdiccion; Que, el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, senala en su articulo 8º, numeral 2, que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos; Que, la Ordenanza Nº 295/MML, Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos de MORDAZA y su modificatoria Ordenanza Nº 754­2005/MML de MORDAZA Metropolitana, tienen por objeto establecer las disposiciones que rigen los aspectos tecnicos y administrativos del Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y determinar las responsabilidades de las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que generan residuos solidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos, esta Ordenanza es de obligatorio cumplimiento por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por quienes generen residuos solidos en la Provincia de MORDAZA y por las personas naturales y juridicas de derecho publico y privado que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 147/MML publicado el 06 de enero de 2002 se aprobo el Reglamento de la Ordenanza Nº 295 modificada con Decreto de Alcaldia Nº 093-2003/MML que establecen los procedimientos tecnicos y administrativos que se debe observar para el adecuado manejo de los residuos solidos en la provincia de MORDAZA, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 295 Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y en concordancia con la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos; Que, es necesario que la Municipalidad Distrital de Ate implemente su Plan de Manejo de Residuos Solidos, en cumplimiento a la Meta 2 (Servicios Publicos e Infraestructura), conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 277-2010-EF, que modifica los anexos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 190-2010 del Programa de Modernizacion Municipal del ano 2011, que sera remitido al Ministerio del Ambiente ­ MINAM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 8 y 9 del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972; y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE ATE
Articulo Primero.- APRUEBESE; el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de Ate, con sus anexos 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Ordenanza, instrumento de gestion a implementarse con el objetivo de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion del distrito de Ate, mediante la gestion participativa y eco-eficiente de los residuos solidos, la inclusion de poblaciones vulnerables y el compromiso de los actores involucrados. Articulo Segundo.- Implementacion del Plan La Gerencia de Servicios a la MORDAZA es la encargada de implementar el Plan de Manejo de Residuos Solidos para el distrito de Ate, con el apoyo de las unidades organicas de la Corporacion MORDAZA, quienes deberan prestar las facilidades necesarias para su cabal cumplimiento. Articulo Tercero.- Publicidad del Plan El Plan de Manejo de Residuos Solidos para el distrito de Ate, los anexos 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Ordenanza seran publicados en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe), para su conocimiento y difusion. Articulo Cuarto.- Adecuacion del Plan Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente ordenanza asi como para

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