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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2011 (26/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de julio de 2011 447284 sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 245-MDA, de fecha 24 de junio de 2010, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010, ratifi cado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 13 de agosto de 2010; publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 017 de fecha 11 de noviembre del 2010, se modifi có el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, excluyendo del procedimiento que no fueron ratifi cados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, entre los que se incluye el Procedimiento Nº 125 “Carné de Sanidad” y el Procedimiento Nº 126 “Duplicado de Carné de Sanidad”, que sí fueron ratifi cados y así aparecen en el Anexo Nº 1 del Acuerdo de Concejo Nº 311-2010-MML; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar en el caso de Municipalidades por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 015-2011-MDA/OGP de fecha 24 de febrero de 2011, la Ofi cina General de Planifi cacion, señala que de la revisión del Acuerdo de Concejo Nº 311- MML, de fecha 13 de agosto del 2010, se observa que el Procedimiento Nº 125 “Carné de Sanidad” y Nº 126 “Duplicado de Carné de Sanidad”, se encuentran comprendidos dentro de los 140º derechos de un total de 111 procedimientos ratifi cados, por lo que en el proceso de ratifi cación de la Ordenanza Nº 245-MDA, dichos procedimientos antes señalados no han sido materia de observación, los cuales deben estar contemplados en el TUPA, por lo que se debe proceder a la modifi cación del Decreto de Alcaldía Nº 017 de fecha 11 de noviembre del 2010; Que, mediante Informe Nº 149-2011-MDA-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, señala que se debe modifi car el Decreto de Alcaldia Nº 017 de fecha 11 de noviembre del 2010, quedando sin efecto la exclusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, de los Procedimientos Nº 125 “Carné de Sanidad” y Nº 126 “Duplicado de Carné de Sanidad”, por lo que deberá emitirse el Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Proveído Nº 322-2011-MDA/GM, la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO; el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 017 de fecha 11 de noviembre del 2010; solo en el extremo que excluye del TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate los Procedimientos Nº 125 “Carné de Sanidad” y Nº 126 “Duplicado de Carné de Sanidad”, los cuales recobran vigencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas. Artículo 2º.- Mantener vigente el Decreto de Alcaldía Nº 017 de fecha 11 de noviembre del 2010, en todo lo demás que continúa. Artículo 3º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Gerencia de Servicios Sociales, Ofi cina de Tesorería, y Sub-Gerencia de Salud y Participación Vecinal, y demás Unidades Orgánicas competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 670094-3 Modifican el TUPA de la Municipalidad, en los procedimientos Nºs. 94, 95 y 96, referentes al otorgamiento de Licencia de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008 Ate, 20 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe Nº 321-2011-MDA-GDU-SGC de fecha 22 de junio de 2011 de la Sub Gerencia de Comercialización, el Informe Nº 006-2011-MDA/GP de fecha 17 de julio de 2011, de la Gerencia de Planifi caciön, que propone la modifi cación de los Procedimientos Administrativos Nº 94, 95 y 96 sobre Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA vigente de la Corporación Municipal, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; que asimismo el Artículo 44º de la Ley antes glosada, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento se establece el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida por las Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 159-MDA, de fecha 01 de agosto de 2007, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 04 de agosto de 2007, se reguló los Procedimientos de Autorización Municipal vinculados al Funcionamiento de Establecimientos en el Distrito de Ate; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 245-MDA, de fecha 24 de junio de 2010, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010, ratifi cado mediante el Acuerdo de Concejo Nº 311-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 13 de agosto de 2010; dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de agosto de 2010; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar en el caso de Municipalidades por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 321-2011-MDA/GDU- SGC de fecha 23 de junio de 2011, la Sub Gerencia de Comercialización, señala que se debe modifi car los procedimientos Nº 94, Nº 95 y Nº 96 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; Que, mediante Informe Nº 006-2011-MDA/GP de la Gerencia de Planifi cación, señala que el Programa de Modernizacion para el año fi scal 2011, establece como criterios para la asignacion de recursos el cumplimiento de metas en las siguientes áreas programaticas: a) Recaudación de Impuestos Municipales; b) Generación de condiciones favorables del Clima de Negocios (Simplifi cación de trámites); y, c) Generación de condiciones favorables del Clima de Negocios (Servicios Públicos Infraestructura); por lo que señala se debe adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, a la Ley Nº 28972 y Decreto Supremo Nº 190-2010-