Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

la Ley Nº 29091 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Articulo Quinto.- DEROGUESE Y/O DEJESE sin efecto todas las disposiciones normativas y/o administrativas que se opongan y/o contravengan a la presente ordenanza. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, Sub Gerencia de Participacion Vecinal y Sub Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

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Declaran de interes la implementacion de las actividades para la incorporacion de la Gestion de Riesgo en la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043- 2011/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 22 de MORDAZA del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Distrital en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO; Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomia consagrada en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 6) del articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, consigna las funciones de

las municipalidades provinciales y distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; Que, a traves del literal a) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley N° 29465, se crea el Programa de Modernizacion Municipal, que tiene como objeto generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local; Que, una de las finalidades del Programa de Modernizacion Municipal, es incentivar a las municipalidades a generar las condiciones favorables al clima de negocios a traves de la mejora en la provision de servicios publicos, infraestructura basica y simplificacion de tramites, entre otros; Que, dichas mejoras, deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de la Gestion de Riesgo en las municipalidades, que permita la identificacion de las zonas de vulnerabilidad y de riesgos de desastres en la localidad; Que, la prevencion y mitigacion del riesgo de desastre, repercutira no solo en el desarrollo de las actividades economicas de los gobiernos locales, sino tambien fortalecera los procesos de planificacion del territorio y propiciara el uso responsable del territorio, que se traducira en la reduccion de los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9°y 41° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley No 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de comisiones y lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR DE INTERES la implementacion de las actividades para la incorporacion de la Gestion de Riesgo en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Senora MORDAZA para que mediante Resolucion conforme el Comite Tecnico de Gestion de Riesgo que se encargara de implementar los procedimientos tecnicos para reducir los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento, mediante la prevencion y mitigacion de riesgo de desastres, y verificara su aplicacion y fortalecimiento en las diversas acciones que efectuen las unidades organicas de esta entidad municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

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DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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