Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2011 (09/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Internacionales Sociedad Anonima", asi como tambien la MORDAZA Certificada emitida por los Registros Publicos correspondiente a la Partida No. 11552783 donde obra inscrita la referida sociedad anonima; sin embargo, debera modificar su objeto social incluyendo ademas en su redaccion de forma expresa que promovera la creacion y el funcionamiento de la Universidad Costa del MORDAZA, efectuada la modificatoria debera acreditar su inscripcion registral remitiendo la MORDAZA Certificada correspondiente emitida por los Registros Publicos. En cuanto a la Declaracion Jurada de quienes fueron las personas o institucion que elaboro el estudio de MORDAZA y elaboro el Plan de Desarrollo Institucional, respecto a quien elaboro el estudio de MORDAZA este documento debera volver a presentarse en forma debida, esto es, teniendo en cuenta que debe ser suscrito exclusivamente por el representante legal de la entidad promotora, siendo esta persona la que declare bajo juramento quienes fueron las personas que elaboraron el estudio de mercado"; Que, por escrito s/n recibido con fecha 02 de MORDAZA de 2010, el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, solicito prorroga de catorce (14) dias habiles para subsanar las observaciones remitidas mediante Oficio Nº 785-2010-CONAFU-P, manifestando que si bien, se estan realizando las correcciones observadas, sin embargo, ello demanda un tiempo mayor a lo estipulado, debido a los diferentes tramites que se tienen que realizar en las entidades Publicas y Privadas como la SUNARP y Notarias; Que, mediante Informe Legal Nº 281-2010-CONAFUCJ de fecha 26 de MORDAZA de 2010, la Comision Juridica, luego de analizar la solicitud remitida por el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, senalo: "Al respecto el numeral 136.2 del articulo 136º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, establece: "La autoridad competente puede otorgar prorroga a los plazos establecidos para la actuacion de pruebas o para la emision de informes o dictamenes, cuando asi lo soliciten MORDAZA de su vencimiento..."; asimismo, el numeral 136.3 de la MORDAZA acotada senala "La prorroga es concedida por unica vez mediante decision expresa, siempre que el plazo no MORDAZA sido perjudicado por causa imputable a quien la solicita y siempre que aquella no afecte derechos de terceros". En el caso concreto la solicitud de prorroga ha sido presentado dentro del plazo otorgado por este Consejo Nacional"; razon por la cual, opinan: Que se debe otorgar por unica vez la prorroga de ocho (08) dias habiles, para que cumplan con subsanar las observaciones advertidas en el Oficio Nº 785-2010-CONAFU-P, bajo apercibimiento de declararse Inadmisible su solicitud; Que, mediante Oficio Nº 543-2010-CONAFU-CDAA de fecha 03 de agosto de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos, teniendo como referencia el Informe Legal Nº 281-2010-CONAFU-CJ, senalo: Se debe otorgar por unica vez la prorroga de ocho (08) dias habiles, para que cumplan con subsanar las observaciones advertidas en el Oficio Nº 785-2010-CONAFU-P, bajo apercibimiento de declararse Inadmisible su solicitud; Que, mediante Oficio Nº 983-2010-CONAFU-SG de fecha 06 de agosto de 2010, la Secretaria General del CONAFU, en virtud del Informe Legal Nº 281-2010CONAFU-CJ y del Oficio Nº 543-2010-CONAFU-CDAA, comunico al Representante del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, que este Consejo Nacional otorga, por unica vez, la prorroga de ocho (08) dias habiles a fin de que cumpla con subsanar las observaciones advertidas en el Oficio Nº 785-2010-CONAFU-P, bajo apercibimiento de declararse Inadmisible su solicitud; Que, mediante escrito s/n recibido con fecha 12 de MORDAZA de 2010, el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, remitio el levantamiento de Observaciones encontradas en el PDI del referido proyecto, requeridas mediante Oficio Nº 785-2010CONAFU-P; Que, mediante Informe Legal Nº 293-2010-CONAFUCJ de fecha 09 de agosto de 2010, la Comision Juridica luego de analizar el levantamiento de observaciones remitidas por el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, opino: "Se debe estar a lo resuelto en el Informe Legal Nº 281-2010-CONAFU-

CJ, por el cual opinamos que se le otorgue prorroga de ocho (08) dias habiles, para que cumpla con subsanar las observaciones advertidas, precisando que su recurso no cumple el levantamiento de las observaciones encontradas en la Parte B del PDI, bajo apercibimiento de declararse Inadmisible lo solicitado"; Que, con Oficio Nº 574-2010-CONAFU-CDAA de fecha 13 de agosto de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos da a conocer que el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, remitio el levantamiento de las observaciones realizadas al PDI del referido proyecto, la misma que luego de ser revisadas senalo: "1) El Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA ha levantado las observaciones encontradas en la parte A de su PDI, sin embargo las mismas han sido subsanadas fuera del plazo otorgado, se sugiere que sea puesto a consideracion del Pleno para el tramite correspondiente, y 2) Con Informe Legal Nº 281-2010-CONAFU-CJ se otorga prorroga de ocho (08) dias habiles para que cumpla con subsanar las observaciones advertidas, precisando que su recurso no cumple el levantamiento de las observaciones encontradas en la parte B del PDI, bajo apercibimiento de declararse inadmisible lo solicitado"; Que, con escrito s/n recibido con fecha 24 de agosto de 2010, el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, manifesto que habiendo recibido el Oficio Nº 983-2010-CONAFU-SG, mediante la cual se le otorga la prorroga de ocho (08) dias habiles para presentar el levantamiento de observaciones; sin embargo, a la fecha aun tienen inconvenientes en cuanto a la documentacion Notarial y ante Registros Publicos para efectuar la modificacion del Estatuto Social de la Empresa Promotora; por lo que, solicita un plazo adicional de siete (07) dias habiles adicionales, a fin de solucionar los inconvenientes y observaciones a la brevedad posible; Que, mediante Resolucion Nº 370-2010-CONAFU de fecha 01 de setiembre de 2010, se resolvio: Declarar Inadmisible la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, otorgando al administrado un plazo de ocho (08) dias habiles, para que cumpla con subsanar las observaciones senaladas en la seccion B del PDI; bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud y se disponga el archivo definitivo, en cado de incumplimiento; Que, con Oficio Nº 1137-2010-CONAFU-SG de fecha 22 de setiembre de 2010, la Secretaria General del CONAFU remitio al Representante del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, MORDAZA certificada de la Resolucion Nº 370-2010-CONAFU; Que, con escrito s/n recibido con fecha 01 de septiembre de 01 de setiembre de 2010, el Representante Legal de la Promotora Wharton Idiomas Internacionales S.A, del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, manifesto que habiendo quedado pendiente corregir la modificacion del Objeto Social de la empresa Promotora, senalado mediante Oficio Nº 785-2010-CONAFU-P, remite MORDAZA literal de la Partida Registral Nº 11552783 emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, en la que figura dicha modificacion; asimismo manifiesta que tambien ha sido modificado el nombre de la empresa promotora del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, denominandose actualmente Corporacion Educativa Wharton S.A. ; Que, con Oficio Nº 005-2010-UPC-GG recibido con fecha 27 de septiembre de 2010, el Representante Legal de la Promotora Corporacion Educativa Wharton S.A., del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, manifiesta que habiendo recibido el Oficio Nº 1137-CONAFU-SG, a traves del cual se remite MORDAZA certificada de la Resolucion Nº 370-2010-CONAFU, la misma que senala que aun esta pendiente el levantamiento de las observaciones de la seccion B del PDI, cabe precisar que dicha observacion ya fue subsanada mediante el escrito presentado con fecha 01 de septiembre de 2010; Que, mediante Oficio Nº 1704-2010-CONAFUP de fecha 23 de noviembre de 2010, el Presidente del CONAFU, en virtud del Informe Legal Nº 4182010-CONAFU-CJ de fecha 27 de octubre de 2010 y el Oficio Nº 834-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de noviembre de 2010, comunico al Responsable del Proyecto de Universidad Costa del MORDAZA, las siguientes observaciones: "Del Proyecto de Estatuto: 1)

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