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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (18/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444963 de Habilitación Urbana de Ofi cio, deberán regularizar sus edifi caciones. La anulación de la multa, cualquiera que sea su estado, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, no implicará la devolución de su importe, en caso de haber sido previamente cancelada. Queda sin efecto el saldo pendiente de pago a partir de la vigencia de la Ordenanza, de las multas administrativas cuyo pago se encuentra sujeto a un convenio de fraccionamiento. Asimismo, los procesos coactivos producto de las sanciones administrativas antes señaladas deberán ser suspendidos. La suspensión de los procedimientos coactivos por la anulación de la multa, no implica que el titular del predio cuya habilitación se disponga por este procedimiento, no esté sujeto a futuras fi scalizaciones y sanciones de ser el caso, en el supuesto de no regularizar la obtención de la licencia de Edifi cación una vez habilitado el predio. Segunda: Dispóngase que en plazo de 30 días útiles, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto deberá dotar a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la partida presupuestal que le permita contar con los recursos humanos, tecnológicos y económicos necesarios que requiera para el cumplimiento de sus funciones, precisadas en la presente ordenanza. Tercera: Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Desarrollo Urbano para que en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles y en debida coordinación, dicten las disposiciones y medidas complementarias que se requieran en materia tributaria y de regularización de edifi caciones, relacionado directamente con los predios incursos en las habilitaciones urbanas de ofi cio benefi ciados con este dispositivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Disponer que, vía Decreto de Alcaldía se apruebe el REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACION URBANA OFICIO, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 24° DE LA LEY N° 29090, PARA EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO, y se dicten las normas y disposiciones adicionales que se requieran para implementar la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco y la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro son las encargadas de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad y en el portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe, la presente Ordenanza, en la misma fecha de publicación ofi cial, bajo responsabilidad. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 654712-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DEL YESO Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2011-MDSFY-PL-R/A San Francisco del Yeso, 13 de mayo del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DEL YESO VISTO: Que en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 20 de Abril del 2011, se ha visto por conveniente modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos, con los motivos y los demás fundamentos que contiene, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 36.1 del Artículo 36º de la Ley de Procedimientos Administrativos General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA. Que el numeral 36.3 del Artículo 36. de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27444, señala las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos. Que, la norma precitada precisa en el caso de gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad, cada dos años, pudiéndose hacerlo antes cuando se considere que las modifi caciones producidas en el mismo lo ameriten. Que, mediante Sesión Extraordinaria del 20 de Abril del 2011, el Concejo Municipal en pleno acordó y aprobó por unanimidad la Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Yeso, enmarcados dentro de la Ley Nº 27444. Estando a lo expuesto, estando conforme a lo establecido en el Artículo 9º numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas. El Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: Artículo Primero.-Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Yeso, así como, las Tasas y derechos correspondientes a dichos procedimientos. Artículo Segundo.- Deróguese toda las Ordenanzas y normas que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.-ENCARGAR al Gerente de Administración, disponer la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.-ENCARGAR al Gerente Administrativo publicar el texto íntegro de la dicha norma en el Portal Institucional de la Municipalidad, portal de servicio del ciudadano, al amparo de lo normado en los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 3º de la Ley Nº 29091. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO Mando se registre, publique, comunique y cumpla. EDWIN ZUMAETA ESCUADRA Alcalde 654008-1