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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444948 Permiso de Operación: Documento emitido por la Municipalidad a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano que autoriza a una Personería Jurídica que cumpla con todas las especifi caciones técnicas mecánicas y físicas Póliza de Seguro: Es el certifi cado y calcomanía otorgado por una empresa de Seguro que cubre los riesgos y coberturas según establecido en el “Reglamento Nacional de responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios de Accidentes de Tránsito” Vehículo Menor: Vehículo menor de tres (03) ruedas motorizados especial acondicionado para el transporte de personas y carga cuya estructura cura estructura y carrocería cuentan con elementos de protección al usuario Transportador Autorizado: Persona Jurídica debidamente inscritas e los Registros Públicos y autorizada por la Municipalidad Distrital para realizar el servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Stickers Vehicular: Distintivo de la Municipal de Comas que indica que el Vehículo Menor paso la Revisión de Características impreso con la inscripción de vehículo autorizado otorgado por la Municipalidad Distrital de Comas y será colocado en la parte interna derecha del parabrisas del vehículo. Servicio Especial: Es el servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores prestado por el Transportador autorizado en la jurisdicción del la Municipalidad Distrital de Comas Subgerencia de Tránsito y Transporte.- Ofi cina dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano responsable del control del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros Menores. REGISTRO PARA EL PROCESO DE REVISION DE CARACTERISTICAS DE VEHICULOS MENORES Y EVALUACION PSICOLOGICA Y MEDICA DE CONDUCTORES PARA PERSONAS JURIDICAS QUE BRINDAN EL SERVICIO ESPECIAL DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 6º.- TRAMITE DE REGISTRO Las Personas Jurídicas que prestan el Servicio Especial mediante su representante legal son las encargadas de presentarse y registrarse ante la Municipalidad con la respectiva documentación requerida en la presente ordenanza. Artículo 7º.- Las Personas Jurídicas que prestan el Servicio Especial en todo el ámbito de la Jurisdicción de la Municipalidad de Comas estarán obligadas a: 1. Llenar los Anexos 01 y 02 y sus adjuntos de inscripción que aparecerán en la Página Web de la Municipalidad y los que serán entregados también por la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte y/o en su defecto la información digitalizada con visto bueno de la ofi cina de la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte indicando los datos de la Persona Jurídica, Propietarios y Conductores que prestan el Servicio Especial que residan dentro de la jurisdicción del distrito de Comas. 2. Toda la documentación será presentada a la Unidad de Trámite documentario con el visto bueno de la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Municipalidad para su verifi cación y programación para el Proceso de Evaluación de las unidades vehiculares mediante la Revisión de Características y la evaluación psicológica medica de los conductores que prestan el servicio de Transporte Especial. 3. Presentar una Declaración Jurada fi rmada por el representante legal de la Persona Jurídica y del Propietario del vehículo comprometiéndose a no prestar el vehículo para su operación a una persona menor de edad o persona que no cuente con la Credencial del Conductor emitido por la Municipalidad. Artículo 8º.- Se realizará Exámenes Psicológicos y Médicas en el Policlínico Municipal para cada conductor que presta el Servicio Especial, remitiéndose el resultado a la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte de la Municipalidad. Artículo 9º.- El tiempo de publicidad y convocatoria del Proceso de Revisión de Característica de Vehículos menores, Psicológica y Medica de Conductores por parte de la Municipalidad será de (15) días calendario a partir del día siguiente de publicación de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- El tiempo de inscripción del Proceso de Revisión de Característica de Vehículos menores, Psicológica y Medica de Conductores será de 30 días calendario iniciando inmediatamente luego de la publicidad y convocatoria. Artículo 11º.- INSCRIPCION PARA LA EVALUACION DE LAS REVISIONES DE CARAC TERISTICAS VEHICULARES EN LA MUNICIPALIDAD A. De la Persona Jurídica: Adjuntará los siguientes requisitos: a) Copia Fedateada de la Copia Literal vigente de la Partida Registral de Registros Público de la Persona Jurídica b) Copia fedateada de la Minuta de Constitución de la Persona Jurídica c) Certifi cado de Vigencia de Poder del representante legal de la Personería Jurídica que inscribe con una antigüedad no mayor de (15) días a la fecha de presentación d) Número de Socios y Accionistas de la Persona Jurídica. e) Copia Fedateada del Documento Nacional de Identidad de los representantes legales (Directivas y/o otros). f) Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC) g) Adjuntar todos la información básica de La Persona Jurídica según (ANEXO Nº 01-emitido por la Municipalidad) h) Relación actualizada de Conductores y Propietarios que prestan el servicio de Transporte Especial según (ANEXO Nº 02- emitido por la Municipalidad) i) Declaración Jurada del representante legal con vigencia de poder manifestando que no tienen Permiso de Operación en otro Distrito así como indicar que los conductores presenten domicilio en el distrito de Comas j) Plano o Croquis de la Ubicación de Paraderos autorizados donde prestan el Servicio Especial (estos Planos se proporcionarán en la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la MC) k) Derechos de pago para la Revisión de las Características Vehículares será de acuerdo al TUPA vigente B. Del Propietario y/o Conductor: Adjuntará los siguientes requisitos: a) Copia Fedateada del (DNI) b) Antecedente Policial vigente c) Copia Fedateada de la Licencia de Conducir vigente d) Copia Fedateada del Certifi cado del SOAT o CAT vigente de la Unidad Vehicular según la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). e) Copia Fedateada de la Tarjeta de Propiedad de la Unidad Vehicular (Si es Propietario - Conductor) Artículo 12º.- DE LA EVALUACION PSICOLOGICA Y MEDICA DEL CONDUCTOR Que el Policlínico Municipal será encargado de realizar las evaluaciones Psicológicas y Médicas. Artículo 13º.- La Asistencia de los conductores a esta Evaluación Psicológica y Médicas al Policlínico Municipal será realizada según cronograma que elabore la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Comas; así mismo las evaluaciones Psicológicas y Médicas aprobadas son requisitos indispensables para emitir o ampliar los Permisos de Operación a las Personas Jurídicas que brindan este tipo de servicio, así como actualizar los padrones del Conductor. REGISTRO Artículo 14º.- EVALUACION PSICOLOGICA DE LOS CONDUCTORES Los Exámenes psicológicos y médicas serán requisitos para la ampliación, renovación y emisión del Permiso de Operación y actualización del registro de padrones. Artículo 15º.-CURSO DE EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL Las Personas Jurídicas a través de los conductores participarán de una Capacitación y/o Curso de Educación