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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (18/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444958 Artículo 7°.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria para que, a través de las Subgerencias respectivas, efectúen las acciones administrativo-tributarias, que el caso amerite y a la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y del Empleo para las coordinaciones, verifi caciones e informe sobre los puestos en actividad de cada uno de los mercados de abastos a fi n de darse cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. II. BENEFICIOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE ORGANIZACIONES SOCIALES Artículo 8°.- EXONERAR de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Parques y Jardines de los años 2010 y 2011, a los Comedores Populares, Club de madres, Locales Comunales y Organizaciones Sociales sin fi nes de lucros que presten servicios a favor de la Comunidad de Comas. Artículo 9º.- A fi n de verifi car la prestación de servicios por parte de las organizaciones sociales a los que se refi ere el artículo 8 de la presente ordenanza, la Gerencia de Desarrollo Humano a través de las áreas competentes emitirá informe detallando las actividades realizadas y el impacto positivo en la comunidad. Artículo 10°.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que de considerarse necesario mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias para la correcta aplicación de esta Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los siete días del mes de junio del año dos mil once NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 654290-1 Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad ORDENANZA Nº 333-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Extraordinaria de fecha 10.06.11, el Dictamen Nº 004- 2011-CAPyEF-MDC de la Comisión de Administración, Planifi cación, Economía y Finanzas; el Informe Nº 030- 2011-SGR/GPP/MC de fecha 26.05.2011, emitido por la Sub Gerencia de Racionalización; el Ofi cio Nº 016-2011- GPP-MDC de fecha 31.05.2011, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 516-2011- GAJ-MDC de fecha 2.06.2011, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Distrital de Comas, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme a las garantías consagradas en el numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna, asimismo en su artículo 195º se establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales. Son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 9º referido a las atribuciones del Concejo Municipal establece en el inciso 3), que le corresponde a esta instancia de gobierno la aprobación del régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, en su artículo 28º referido a la Estructura Orgánica Administrativa establece que la estructura orgánica municipal básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo, a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Publica Municipal, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local, asimismo en su artículo 26º, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contendidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y que las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la Ley Nº 27972; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 21.06.06, establece los nuevos lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM de fecha 2.03.07 en su segunda disposición complementaria; asimismo, en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se señala que la conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF de las entidades, estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento, racionalización o quien haga sus veces; siendo en este caso, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la responsable de dichas acciones; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 3º establece que dicha ley es de aplicación en todas las dependencias de la administración pública a nivel nacional; De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo, el Concejo Municipal aprobó, con el voto unánime, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Comas, el mismo que consta de ciento cincuenta y siete (157) artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias y como anexo debidamente foliado, suscrito por los funcionarios responsables, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR a partir de la fecha la Ordenanza Nº 288-C/MC de fecha 19.05.09, así como todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal proceda a la adecuación normativa de la presente Ordenanza, y a la Secretaría General su publicación en el diario ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diez días del mes de Junio del dos mil once. ROMEL MAURO GUTIERREZ BADILLO Alcalde (e)