Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2011 (25/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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c) Formular planes de prevencion, emergencia, contingencias y proponerlos al Comite Regional de Defensa Civil para su aprobacion y ejecutarlos cuando la situacion lo amerite. d) Promover y/o ejecutar acciones de capacitacion en Defensa Civil a todo nivel. e) Prestar servicios tecnicos de inspeccion y otros de seguridad en Defensa Civil, que esten dentro de su capacidad. f) Aplicar, en el area de su competencia, las normas tecnicas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo rector de Defensa Civil. g) Suscribir y ejecutar convenios, en materia de Defensa Civil, con organismos Nacionales y/o Extranjeros, previa aprobacion por el INDECI. h) Prestar el apoyo humanitario oportuno y adecuado a los damnificados de eventos adversos con recursos del INDECI y del Gobierno Regional de Lima. FUNCIONES ESPECIFICAS a) Coordinar con las entidades cientifico-tecnicas, que tengan a su cargo la identificacion de peligros, analisis de vulnerabilidad y estimacion de riesgos, para adoptar las medidas preventivas mas afectivas. b) Brindar apoyo tecnico a las comisiones del Comite en la formulacion del Plan Regional Provincial o Distrital, segun corresponda. c) Brindar apoyo tecnico que contribuya a garantizar la actividad operativa permanente del Comite de Defensa Civil y el funcionamiento del Centro de Operaciones de Emergencia respectivo (COER, OEP y COED). d) Ejecutar el planeamiento, coordinacion y supervision de las actividades y obras de prevencion; involucrando a todas las entidades ejecutoras del ambito de su competencia, fomentando la incorporacion del concepto de prevencion en la planificacion del desarrollo. e) Supervisar y efectuar, en lo que corresponda, las inspecciones tecnicas de seguridad en Defensa Civil en la Region, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Inspecciones Tecnicas. f) Brindar apoyo tecnico a la Comision de Logistica para mantener actualizados los inventarios de personas y bienes muebles en su ambito para la atencion de la emergencia. g) Brindar apoyo tecnico a la Comision de Logistica para la supervision del funcionamiento de los almacenes de Defensa Civil, asi como del control de los niveles de almacenamiento y movimiento de los bienes de Defensa Civil. h) Organizar brigadas de Defensa Civil en su ambito, capacitandolos para su mejor desempeno. i) Ejecutar el Plan de Capacitacion en Defensa Civil para la colectividad de su jurisdiccion y promover las acciones educativas en prevencion y atencion de desastres. j) Ejecutar y/o promover la ejecucion de simulacros y simulaciones en el ambito de su jurisdiccion. k) Difundir la organizacion del Comite de Defensa Civil en todas las agrupaciones y organizaciones laborales, instituciones educativas, culturales, sociales, comunales y otros. l) Informar oficialmente a los medios de comunicacion sobre las acciones de Defensa Civil, por delegacion del Presidente del Comite. m) Presentar la propuesta del Plan Anual de Trabajo de la oficina para su aprobacion por el Presidente del Comite. n) Brindar apoyo tecnico a las comisiones en la supervision y seguimiento de las actividades y obras de prevencion y atencion. o) Aplicar en el area de su competencia las normas tecnicas en materia de Defensa Civil, emitidas por el INDECI. p) Otras que le asigne el Presidente del Comite o esten senalados por la normatividad de la materia. FUNCIONES DE LA SECRETARIA TECNICA DEL COMITE El Jefe de la Oficina de Defensa Civil del Gobierno Regional de MORDAZA, actua como Secretario Tecnico del Comite de Defensa Civil; y como tal tiene las siguientes funciones: a) Llevar el libro de actas y el archivo del Comite. b) Informar acerca del grado y oportunidad del cumplimiento de los acuerdos. c) Centralizar la informacion cursada al Comite por sus miembros y otros organismos. d) Centralizar la recepcion y custodia de ayuda material y ejecutar el plan de distribucion de ayuda en beneficio de los damnificados en caso de desastres, a traves del Comite.

e) Apoyar la ejecucion del planeamiento, coordinacion y supervision de las obras de prevencion, involucrando a todas las entidades ejecutoras del ambito de su competencia. f) En caso de desastre, el Jefe de la Oficina de Defensa Civil, como Secretaria Tecnica del Comite, debera mantener informado al Presidente del Comite y a los comites de mayor nivel jerarquico, sobre la evaluacion de danos y acciones de rehabilitacion realizadas en el ambito de su responsabilidad. Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, la implementacion de la presente Ordenanza Regional, asi como a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, elaborar los documentos de Gestion en un plazo de 30 dias calendario. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asi como a traves de un medio de comunicacion Regional, ademas, de su difusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Lima. En MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. POR TANTO: Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA G. MOSTO MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e)

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Declaran a la jurisdiccion territorial del Gobierno Regional libre de transgenicos
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 793-2011GRL/SG, recibido el 23 de junio de 2011)

ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2010-CR-RL
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 15 de MORDAZA del 2010, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El Oficio Nº 162-2009-GRL/GRRNGMA, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Lima. El Dictamen Nº 004-2010- CO-AAPMADC-CR ­GRL, de la Comision Ordinaria de Agricultura, Areas Protegidas, Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional de Lima. CONSIDERANDO: 1) Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado tiene la obligacion de promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas, y asimismo, los articulo 88º y 89º senalan que es deber del Estado priorizar el desarrollo agrario, reconociendo el regimen comunitario de tierras.

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