Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2011 (25/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de junio de 2011
3. Otras Actividades 3.1. Arbitro (1.0 punto por cada arbitraje) 3.2. Conciliador 3.2.1. Resolucion Ministerial o Certificado (1.0 punto) 3.2.2. Actas Extrajudicial 4. Meritos Especiales 4.1. Miembro de organismos constitucionales autonomos (1.0 punto por cada ano) de Conciliacion (1.0 punto cada uno)

NORMAS LEGALES

445349

Hasta 4

4.2. Presidente de Corte Superior o de la Junta de Fiscales Superiores (1.0 punto por cada ano) 4.3. Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de los Consejos Ejecutivos Distritales de Control Interno (1.0 punto por cada ano) 4.6. Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales (1.0 punto por cada ano) 4.7. Presidente de la Junta de Decanos de Colegio de Abogados (1.0 punto por cada ano) 4.8. Decano de Colegio de Abogados (1.0 punto por cada ano) 4.9. Rector, Director de la Escuela de Postgrado y Decano de la Facultad de Derecho (1.0 punto por cada ano) 4.10. Observador en procesos electorales (1.0 punto por cada uno) 4.11. Haber optado un grado academico mediante sustentacion de tesis, con recomendacion de publicacion (1.0 punto por cada uno) 4.12. Reconocimiento por la participacion en comisiones encargadas de la elaboracion de proyectos de normas juridicas (1.0 punto por cada uno) 4.13. Haberse desempenado como juez o fiscal en: zonas de emergencia, zonas de dificil acceso o condiciones adversas para el ejercicio de la funcion (1.0 punto por cada ano) Hasta 8 (1.0 punto por cada ano) (1.0 punto por cada ano) 4.4. Presidente de ODECMA o Jefe de la Fiscalia Desconcentrada 4.5. Presidente de la Junta de Jueces Especializados o Mixtos

Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el JNE mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Asimismo, establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolucion Nº 50112010-JNE, se aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cual se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales, que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 7 del Reglamento establece los requisitos para la renovacion de inscripcion, dentro de los cuales se debe presentar MORDAZA actualizada de la ficha registral expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la ficha RUC expedida por la Superintendencia de Administracion Tributaria y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente. 3. Se advierte que la solicitante ha cumplido con presentar la MORDAZA de la ficha registral correspondiente a la partida 00309931, la ficha de RUC 20254160742, y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente. Igualmente, no se ha constatado la necesidad de actualizar la informacion registrada previamente. En consecuencia, corresponde renovar la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras a Datum Internacional S. A. en la partida registral 002-REE/JNE. La renovacion de inscripcion otorgada perdera vigencia transcurridos tres (3) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el diario oficial El Peruano de la presente resolucion, conforme con el articulo 5 del Reglamento. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- RENOVAR la inscripcion de Datum Internacional S. A., en la partida registral 002-REE/JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras, la cual debera actuar de acuerdo con el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras y las demas normas electorales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

657323-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de Datum Internacional S.A. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 0506-2011-JNE
Expediente Nº J-2011-00402 MORDAZA, ocho de junio de dos mil once VISTA la solicitud de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulada por Urpi Torrado Hudson, en calidad de gerente general de Datum Internacional S. A. ANTECEDENTES Mediante Resolucion Nº 0146-2001-JNE, de fecha 12 de febrero de 2001, se inscribio a Datum Internacional S. A. en el Registro Electoral de Encuestadoras con partida registral 002-REE/JNE. Posteriormente, el MORDAZA Nacional de Elecciones expidio la Resolucion Nº 0178-2006-JNE, del 24 de febrero de 2006, que renueva su inscripcion. Por MORDAZA vez, el 26 de junio de 2009, con la Resolucion Nº 0445-2009-JNE, se renovo la inscripcion. El 13 de MORDAZA de 2011, la gerente general de Datum Internacional S. A. solicita la renovacion de su inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los articulos 178.1 y 178.3 de la Constitucion Politica y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley

652066-1

Proclaman Presidente Constitucional de la Republica del Peru, Primera Vicepresidenta de la Republica del Peru y MORDAZA Vicepresidente de la Republica del Peru para el periodo de gobierno 2011-2016
RESOLUCION N° 554-2011-JNE
MORDAZA, veintitres de junio de dos mil once

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.