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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (25/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de junio de 2011 445340 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 027-2011-P-CE-PJ Lima, 23 de junio de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 1236-2011-GG-PJ cursado por la Gerente General (e) del Poder Judicial, remitiendo el Memorándum N° 618-2011-GPEJ-GG-PJ emitido por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial; así como el Ofi cio N° 4569- 2011-P-CSJIC/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, relacionados al cese por límite de edad del doctor Héctor Dionicio Quispe Segovia, Juez Superior Titular de la mencionada sede judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolución Administrativa N° 030-1996- CNM, de fecha 15 de febrero de 1996, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró al doctor Héctor Dionicio Quispe Segovia en el cargo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ica; siendo cesado en sus funciones mediante Resolución Administrativa N° 292-2003-CNM del 3 de julio de 2003; y, reincorporado en dicho cargo por Resolución Administrativa N° 156-2006-CNM del 20 de abril de 2006, por la cual el mencionado organismo constitucional dispuso la rehabilitación de títulos de nombramiento de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público de conformidad con el Informe N° 50/06 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que aprobó el Acuerdo de Solución Amistosa fi rmado entre el Estado Peruano y magistrados no ratifi cados. Segundo: Que, el artículo 107° de la Ley de la Carrera Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantía o jubilación y por alcanzar la edad límite de setenta (70) años. Tercero: Al respecto, del Memorándum N° 618- 2011-GPEJ-GG-PJ, cursado por el Gerente de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, así como de la fotocopia de la fi cha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado magistrado nació el 10 de marzo de 1941, y en consecuencia el 10 de marzo del año en curso cumplió 70 años de edad; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, con efectividad al 10 de marzo del año en curso, al doctor Héctor Dionicio Quispe Segovia, en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente (e) 657934-1 Aprueban documento normativo denominado “Sistema de Reinserción Social del Adolescente en conflicto con la Ley Penal” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 129-2011-CE-PJ Lima, 11 de mayo de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 585-2008-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; e Informes Nros. 22-2011-ROGC y 64-2010-ASLE-CEPJ emitidos por el señor Consejero Robinson Gonzáles Campos y el Jefe de Asesoría Legal del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 539-CME-PJ, del 25 de noviembre de 1997, modifi cada el 03 de febrero de 2000, mediante Resolución Administrativa N° 075-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el documento técnico jurídico especializado en el tratamiento del adolescente infractor, el cual comprende una serie de programas, métodos, técnicas e instrumentos de carácter eminentemente educativo. Segundo: Que, dentro de este contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante el ofi cio de la referencia pone a consideración el proyecto denominado “Sistema de Reinserción Social del Adolescente Infractor”, a fi n de reemplazar el documento aprobado mediante las mencionadas resoluciones. Tercero: Que, dando cumplimiento a la resolución de fecha 08 de julio de 2010, corriente a fojas 109, por la cual se dispuso remitir el mencionado proyecto a la Gerencia de los Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial, con la fi nalidad de que se efectúe la respectiva reevaluación, análisis, actualización y elaboración del mismo, en torno a la problemática presentada en los últimos años, al Plan Nacional de Apoyo a la Familia 2004-2011, Convención sobre los Derechos del Niño y Plan de Trabajo presentado por la Consultoría para la Elaboración de los Estudios de Preinversión del Proyecto II - Modernización de los Servicios de Resocialización de Menores a nivel nacional, entre otros; la Gerente de los Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Ofi cio Nº 486-2010-GCJ-GG/PJ, remite el proyecto denominado “Sistema de Reinserción Social del Adolescente en confl icto con la Ley Penal”. Cuarto: Que, en ese orden de ideas y estando al contenido de los Informes Nros. 22-2011-ROGC y 64- 2010-ASLE-CEPJ emitidos por el señor Consejero Robinson Gonzáles Campos y el Jefe de Asesoría Legal del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respectivamente, que consideran factible aprobar el mencionado documento; por estar orientado a disminuir aquellas condiciones que transforman el potencial criminal del menor infractor en actos delictuales o en comportamientos antisociales y al contar con mecanismos y programas para una efectiva reinserción del adolescente a la sociedad, concordancia con la normatividad internacional y nacional de protección de los adolescentes; recomendándose mantener el nombre de “Sistema de Reinserción Social del Adolescente en confl icto con la Ley Penal” a fi n de guardar coherencia con las disposiciones del Código de los Niños y Adolescentes. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin la intervención del señor Consejero Darío Palacios Dextre por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe del señor Consejero Robinson O. Gonzales Campos, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento normativo denominado “Sistema de Reinserción Social del Adolescente en confl icto con la Ley Penal”, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Resolución Administrativa Nº 539-CME-PJ, y su modifi catoria la Resolución Administrativa Nº 075-SE-TP-CME-PJ.