Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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directamente a todos los bancos asociados con cualquier otra organizacion interesada en esta integracion; Que, mediante Informe Nº 087-2011-SGAB-GA-MSS del 25.01.2011, la Subgerencia de Abastecimientos senala que BANCARED es una red privada de comunicaciones que interconecta a las entidades financieras con instituciones publicas y privadas (proveedores de informacion), para el intercambio de informacion y transacciones financieras, que es administrada por ASBANC a traves de un contrato de outsourcing con TELMEX, concluyendo que, como red, solo ASBANC la administra. Asimismo, con Informe Nº 128-2011-SGAB-GA-MSS, del 08.02.2011, la mencionada Subgerencia concluye que el valor referencial para el servicio anual es de S/. 50,551.20; Que, con Memorandum Nº 064-2011-GAT-MSS del 17.01.2011, la Gerencia de Administracion Tributaria remite el Informe Nº 18-2011-SGR-GAT-MSS del 14.01.2011 de la Subgerencia de Recaudacion, el mismo que hace MORDAZA, por el cual opina favorablemente por la suscripcion de la contratacion para el servicio de BANCARED en tanto permite a la Municipalidad comunicarse con las entidades bancarias afiliadas a ASBANC, logrando con ello calidad y sobre todo seguridad en la entrega de la informacion; Que, con Informe Nº 48-2011-SGPRE-GPP-MSS del 15.02.2011 la Subgerencia de Presupuesto, senala que la Gerencia de Finanzas cuenta con disponibilidad presupuestaria para solventar el gasto del Servicio de BANCARED, en la especifica de gasto 2.3.2.7.11.99 "Servicios Diversos" en la Actividad "Monitoreo de Actividades Operativas de la Subgerencia a Cargo", en el rubro de financiamiento 08 "Impuestos Municipales" y hasta por el monto de S/. 50,552.00 Nuevos Soles; Que, mediante Informe Nº 208-2011-GAJ-MSS del 18.02.2011 la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en su Articulo 20º inciso e) establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen: "Cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor" concordante con el Articulo 131º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye opinando que procede la exoneracion por causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, por el periodo de 12 meses, estableciendose como valor referencial el siguiente:
Descripcion del Servicio Servicio de BANCARED Cantidad 1 Monto Total S/. 50,552.00

Estando al Dictamen Conjunto Nº 008-2011-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 208-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 1842004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion por la causal de Proveedor Unico, del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, por el periodo de 12 meses, la misma que de conformidad con lo senalado en el Informe Nº 48-2011-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Nº 2082011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 172-2011-GM-MSS de la Gerencia Municipal, bajo responsabilidad de los funcionarios que emitieron los mencionados documentos, contara con el siguiente valor referencial:
Descripcion del Servicio Servicio de BANCARED Cantidad 1 Monto Total S/. 50,552.00

Articulo Segundo.- Recomendar se disponga autorizar a la Gerencia de Administracion, efectue la contratacion para el Servicio senalado en el articulo precedente de acuerdo a las especificaciones tecnicas y conforme a lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 1842008-EF). Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Abastecimientos la publicacion del presente Acuerdo en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) y al Secretario General su publicacion en Diario Oficial El Peruano y la remision del presente Acuerdo a la Contraloria General de la Republica con MORDAZA al Organo de Control Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del plazo de 10 (diez) dias habiles siguientes de su emision, conforme lo dispone el Articulo 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 184-2008-EF). POR TANTO Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, en virtud a lo senalado la Gerencia de Asesoria Juridica recomienda se autorice a la Gerencia de Administracion efectue la contratacion para el referido servicio de acuerdo a las especificaciones tecnicas y a lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 1842008-EF); Que, con Memorandum Nº 172-2011-GM-MSS del 24.02.2011, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta la documentacion generada, senala que encuentra conforme el pedido de exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del Servicio de BANCARED, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que "Las contrataciones derivadas de exoneraciones de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la entidad, Acuerdo de Directorio, del Concejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse (...)"; Que, el mismo articulo senala que MORDAZA de las resoluciones o acuerdos y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, disposicion que es ratificada por el Articulo 134º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 1842008-EF;

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Autorizan viaje de Regidora y Gerente de Prensa a Espana para participar en el VII Curso de Pasantias para Municipalistas Iberoamericanos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000389
Callao, 1 de marzo de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: el Acuerdo de Concejo Nº 022 del 1 de marzo de 2011, mediante el cual se aprueba el viaje fuera del MORDAZA de representantes de la Municipalidad; y,

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