Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Pasaje US$ 1 445,63 Viaticos Complementarios US$ 198,00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

y del incentivo por pago al contado de los arbitrios municipales; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el articulo 20º inciso 6) de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR, en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, hasta el 31 de marzo del 2011, el plazo de vencimiento para la MORDAZA de la declaracion jurada del autoavaluo del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2011, y el pago al contado de la primera cuota del tributo referido. Articulo 2º.- PRORROGAR, en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, hasta el 31 de marzo del 2011, el plazo de vencimiento del incentivo por pago al contado de los arbitrios municipales de barrido de vias, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo correspondientes al ejercicio 2011. Articulo 3º.- ENCARGAR el cabal cumplimiento del decreto a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, a Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Imagen Institucional y a las subgerencias de Informatica y Tesoreria. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vencimiento para la MORDAZA de la declaracion jurada del autoavaluo del impuesto predial, del pago al contado de su primera cuota y del incentivo por pago al contado de arbitrios municipales del ejercicio 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2011/MDSM
San MORDAZA, 1 de marzo de 2011. EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el informe Nº 021-2011-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y el memorando Nº 161-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley 27680, Ley de la Reforma Constitucional, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 211/MDSM se aprueba el MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales de barrido de vias, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo para el ejercicio 2011 en el distrito de San MORDAZA, otorgandose como incentivo por pago al contado, el descuento del diez por ciento para los contribuyentes que no tengan deudas de anos anteriores al 31 de diciembre del 2010 y cinco por ciento para los que mantengan deuda aun, siempre que el pago se realice hasta el 28 de febrero del 2011; por otra parte, mediante ordenanza Nº 213/MDSM se establece la misma fecha para el vencimiento del pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2011; facultando en ambos casos, al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de las referidas; Que, el articulo 42º de la Ley 27972, senala que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, en tanto que el articulo 14° del Decreto Legislativo Nº 776 dispone que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anualmente, hasta el ultimo dia habil, salvo que el municipio establezca su prorroga; Que, siendo politica de esta administracion brindar mayores facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, de modo que puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, resulta conveniente prorrogar la fecha del pago de la primera cuota del impuesto predial

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Disponen la aplicacion de beneficios de regularizacion extraordinaria, para el pago de deudas tributarias y/o multas administrativas
ORDENANZA Nº 384-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 3 de marzo de 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 009-2011-CGM-CAJMSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 662-2011-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 206-2011-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 240-2011-GATMSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 236-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que dispone la aplicacion de beneficios tributarios de regularizacion extraordinaria para el pago de deudas tributarias y/o multas administrativas; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico";

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