Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2011 (11/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

438804

NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de marzo de 2011

con lo establecido en el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, no puede habilitar a otras partidas de gasto ni ser habilitada, salvo las habilitaciones que se realicen dentro de la misma partida entre unidades ejecutoras del mismo pliego; Que, habiendose iniciado el ano escolar 2011, se viene presentando la necesidad de suplencia de docentes titulares, accion que debe realizarse de manera oportuna, a fin de garantizar el normal desarrollo de las labores educativas en las instituciones educativas publicas; Que, en consecuencia, resulta necesario y urgente dictar una medida extraordinaria, de caracter economico y financiero, que exceptue la contratacion por suplencia de personal docente de lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del literal d), articulo 9º de la Ley Nº29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, toda vez que de no adoptarse dicha medida, se afectara el normal desarrollo de las labores educativas y en consecuencia, la formacion educativa de la poblacion escolar; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Exceptuar durante el Ano Fiscal 2011 a los Pliegos Ministerio de Educacion, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, comprendidos en el Plan Piloto de Municipalizacion, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº044-2009 y Decretos Supremos Nº130-2009-EF y Nº201-2009-EF, de lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del literal d) del numeral 9.1 del articulo 9º, de la Ley Nº29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, para la contratacion de personal docente por suplencia temporal del titular. Articulo 2º.- Financiamiento La aplicacion de la presente MORDAZA se sujeta al presupuesto institucional de los Pliegos respectivos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Educacion, y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 612819-1

El Oficio N° 001-2011-MMDA-LT-PR; el Informe Tecnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDC de la Municipalidad Distrital Copani; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDZ de la Municipalidad Distrital Zepita; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Distritos Aymaras - Lago Titicaca"; y el Informe Nº 025-2011­PCM/ SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Distritos Aymaras - Lago Titicaca" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Zepita, en la Provincia de Chucuito, y Copani, en la Provincia de Yunguyo, en el Departamento de Puno; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Gestion institucional: diagnostico situacional, conferencia ciudadana, y participacion ciudadana en salud y educacion; Gestion descentralizada: vision, mision, competencias y funciones a delegarse, perfiles de potencialidades y capacidades, identificacion de servicios publicos, objetivos, objeto y estructura organica; Desarrollo socio economico: ambito territorial, diagnostico social demografico, desarrollo productivo y oportunidades de inversion; y Analisis costo beneficio de constitucion de la Mancomunidad Municipal; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Prestacion conjunta del servicio de limpieza publica, b) Mejorar el abastecimiento y suministro de agua potable y alcantarillado, c) Construccion, mejoramiento y rehabilitacion de la infraestructura vial, infraestructura de riego, y de los demas sectores y materias, d) Fomento de la inversion privada y promocion del empleo, y e) Promover la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Proveer el servicio de limpieza publica determinando las areas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, b) Concertar con instituciones, del sector publico y privado, de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion, de programas y proyectos, de inversion que favorezcan el desarrollo economico de los distritos intervinientes, c) Facilitar y cooperar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion, y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, y d) Mejoramiento de la calidad de servicios publicos a los ciudadanos. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion, el servicio de agua potable, alcantarillado, desague, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, y b) Formular programas y acciones de preservacion para la conservacion de los recursos naturales; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Distritos Aymaras - Lago Titicaca", contiene

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Disponen inscripcion de diversas mancomunidades Municipales en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 116-2011-PCM/SD MORDAZA, 9 de marzo de 2011

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.