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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de marzo de 2011 438806 que favorezcan el desarrollo económico del distrito, d) Promover las condiciones favorables, para la productividad y competitividad, de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura, urbana o rural, que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito; tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales, electrifi cación y obras similares, en coordinación con las instancias correspondientes, b) Promover la cultura de la prevención, mediante la educación para la preservación del ambiente, c) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, y d) Promover actividades culturales diversas; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Belén, Chalcos, Chilcayoc, Morcolla y San Salvador de Quije, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 026-2011–PCM/SD-OGI- MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”; integrada por las Municipalidades Distritales de Belén, Chalcos, Chilcayoc, Morcolla y San Salvador de Quije, en la Provincia de Sucre, en el Departamento de Ayacucho; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”, como sigue: - Presidente: Roly Cárdenas Pomahuallca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Morcolla. - Director: Julián Elías Cárdenas Pérez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Belén. - Director: Juan Luis Ramos Flores, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chalcos. - Director: Johon Eduard Arce Arias, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilcayoc. - Director: Beltrán Pineda Cabana, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Salvador de Quije. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Qori Mayo” - “MANQORI”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 612270-2 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 118-2011-PCM/SD Lima, 9 de marzo de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2011- MMPQ/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011- MDA de la Municipalidad Distrital Alcamenca; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDC de la Municipalidad Distrital Carapo; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDH de la Municipalidad Distrital Huamanquiquia; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDH de la Municipalidad Distrital Huancaraylla; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011- MDS de la Municipalidad Distrital Sarhua; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”; y el Informe Nº 028- 2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Alcamenca, Huamanquiquia, Huancaraylla