Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2011 (11/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438809

CONSIDERANDO: Que, en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Articulos 73º, incisos 6.2, 6.3 y 6.4 y; Articulo 84º, incisos 1.1, 1.2 y 1.5, como parte de las competencias y funciones especificas de los Gobiernos Locales, se senalan funciones en materia de servicios sociales locales, en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos; algunas de las cuales son ejercidas por las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprobo el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, el cual dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social inicie la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social y de los Hogares a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, a los Gobiernos Locales Provinciales; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM/SD, que deroga a la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 053-2007-PCM/SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, "Normas especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES", incluidas en el Decreto Supremo Nº 0362007-PCM; Que, en el MORDAZA de lo establecido en la indicada Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, se emitieron las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion Nº 008-2009-PCM/SD; 048-2009-PCM/SD; 237-2010PCM/SD; 004-2011-PCM/SD; 039-2011-PCM/SD y 0542011-PCM/SD, que declaran Aptos a veintisiete (27), doce (12), ocho (08), uno (01), cinco (05) y tres (03) Municipalidades Provinciales, respectivamente, para acceder a la transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2010MIMDES, se establecen las funciones y competencias correspondientes a cada uno de los niveles de Gobierno, respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social, en el MORDAZA del MORDAZA de Descentralizacion, las cuales son detalladas en la Matriz Especifica de Distribucion de Funciones por Niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, que en anexo forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 001-2011-PCM/SD, se dispuso la incorporacion de cuarenta y tres (43) Sociedades de Beneficencia Publica a las consideradas en el Anexo de la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, a fin de continuar con el MORDAZA de transferencia de funciones y competencias que el MIMDES desarrolla respecto a las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Que, mediante informe de visto, la Oficina de Transferencias, Monitoreo y Evaluacion de Competencias, senala que las Municipalidades Provinciales de Carhuaz, Caylloma, Jauja, Huancayo, Chiclayo, Barranca, Pasco, Morropon y Huanta, han cumplido con los Mecanismos de Verificacion requeridos, y por tanto se encuentran Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica de Carhuaz, Chivay, Jauja, Huancayo, Chiclayo, Monsefu, Chongoyape, Barranca, Cerro de Pasco, Chulucanas y Huanta, conforme se detalla en el Anexo de la presente Resolucion Secretarial; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27783, 27972, 28273, de los Decretos Supremos Nº 036-2007-PCM y 010-2010-MIMDES, Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM/SD, y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declaracion de las Municipalidades Provinciales como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES.

Declarar a las Municipalidades Provinciales de Carhuaz, Caylloma, Jauja, Huancayo, Chiclayo, Barranca, Pasco, Morropon y Huanta, como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica de Carhuaz, Chivay, Jauja, Huancayo, Chiclayo, Monsefu, Chongoyape, Barranca, Cerro de Pasco, Chulucanas y Huanta, a cargo del INABIF del MIMDES, conforme se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Secretarial. Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial y de su Anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el sitio web de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob. pe/sd Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO
Nº DEPARTAMENTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PASCO MORDAZA MORDAZA SOCIEDADES DE BENEFICENCIA PUBLICA CARHUAZ CHIVAY JAUJA HUANCAYO CHICLAYO MONSEFU CHONGOYAPE BARRANCA CERRO DE PASCO CHULUCANAS HUANTA MUNICIPALIDADES PROVINCIALES CARHUAZ CAYLLOMA JAUJA HUANCAYO CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO BARRANCA PASCO MORROPON HUANTA

612817-1

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importacion de semillas de algodon de origen y procedencia MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 07-2011-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 8 de marzo de 2011 VISTO: El ARP Nº 17-2010-AG-SENASA-DSV/SARVF de fecha 28 de MORDAZA de 2010, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas de algodon (Gossypium spp.) de origen y procedencia India; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;

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