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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de marzo de 2011 438807 y Sarhua, en la Provincia de Víctor Fajardo, y Carapo, en la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Caracterización de la Mancomunidad Municipal: ubicación y extensión territorial, recursos y condiciones naturales; Diagnóstico social demográfi co: población, servicios básicos de la vivienda, indicadores de trabajo y empleo, y actividad económica; Gestión estratégica: visión, misión, eje priorizado, fi nes, objeto y objetivos; y Gestión descentralizada: estructura orgánica y funciones a delegarse; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Ejecución, construcción, ampliación y mejoramiento de los proyectos, planes y programas para el desarrollo económico local, social, medio ambiente y fortalecimiento institucional, b) Fomento de la cultura y rescate de la identidad cultural, c) Promoción de la participación vecinal en el desarrollo local con el enfoque del territorio mancomunado, y d) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos, a fi n de mejorar la competitividad, c) Concertar con instituciones, del sector público y privado, de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución, de programas, planes y proyectos, que favorezcan el desarrollo económico del distrito, d) Promover las condiciones favorables, para la productividad y competitividad, de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura, urbana o rural, que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito; tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales, electrifi cación y obras similares, en coordinación con las instancias correspondientes, b) Promover la cultura de la prevención, mediante la educación para la preservación del ambiente, c) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, y d) Promover actividades culturales diversas; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Alcamenca, Carapo, Huamanquiquia, Huancaraylla y Sarhua, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 028-2011–PCM/SD-OGI- MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”; integrada por las Municipalidades Distritales de Alcamenca, Huamanquiquia, Huancaraylla y Sarhua, en la Provincia de Víctor Fajardo, y Carapo, en la Provincia de Huanca Sancos, en el Departamento de Ayacucho; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”, como sigue: - Presidente: Telésforo Huashuayo Ramos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sarhua. - Director: Fredy Barrientos Cisneros, alcalde de la Municipalidad Distrital de Alcamenca. - Director: Deciderio Pillhuaman Sosa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Carapo. - Director: Fabio Taquire Sulcaray, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huamanquiquia. - Director: Sixto Chipana Huauya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaraylla. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Pampas Qaracha - MANCOCAPAQ”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 612270-3 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 125-2011-PCM/SD Lima, 9 de marzo de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2011-P-MMS; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011- MDJCH/A de la Municipalidad Distrital Jacas Chico; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-A-MDM de la Municipalidad Distrital Marías; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-A-MPY de la Municipalidad Provincial Yarowilca;