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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2011 (11/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de marzo de 2011 438813 e ingenio popular de sus practicantes; los instrumentos musicales y la conformación de conjuntos instrumentales, así como la coreografía y vestimentas, y la gastronomía regional; Que, el Carnaval de Abancay es de origen tradicional popular y mantiene arraigo y vigencia, gran capacidad de convocatoria de la población de todos los sectores sociales y edades, y manifi esta gran simbolismo y valor ritual, en tanto forma parte de ceremonias propiciatorias andinas que contienen gran signifi cación para sus practicantes contemporáneos; Que, la citada fi esta constituye una variante original del carnaval andino, cuya celebración otorga sentimientos de identidad regional y nacional, sensibilización social y revaloración cultural; Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público con pliego presupuestal del Estado. A través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de setiembre de 2010, se aprobó la fusión del Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorción, con diversas entidades dentro de las cuales se encuentra el Instituto Nacional de Cultura; Que, el Artículo 14º de la citada Ley, establece las funciones del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales dentro de las que se encuentra: “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 066-2010 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 01 de octubre de 2010, establece que los documentos de gestión del Instituto Nacional de Cultura – INC mantienen vigencia y son de aplicación en el Ministerio de Cultura hasta la aprobación de los respectivos documentos de gestión que deberán ser aprobados en el marco de las disposiciones legales vigentes; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, el Decreto de Urgencia Nº 066-2010 y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al Carnaval de Abancay, departamento de Apurímac, por su gran signifi cación tradicional y contribución al fortalecimiento de la identidad regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 611837-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2011-DE/SG Lima, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 157 de fecha 07 de marzo de 2011, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, se ha programado la “Conferencia de Jefes de Infantería de Marina de las Américas”, la misma que se llevará a cabo en la Comandancia de la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú en Ancón; Que, personal militar del cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, participará en el planeamiento de dicha conferencia; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes efectivos del cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, del 26 de marzo al 08 de abril de 2011, para participar en el planeamiento de la “Conferencia de Jefes de Infantería de Marina de las Américas”, que se desarrollará en las instalaciones de la Infantería de la Marina de Guerra del Perú en Ancón: 1. CORONEL USMC AUGUSTIN BOLANIO 2. MAYOR USMC JOSE L. FUENTES 3. MAYOR USMC JOHN M. KRAUSE 4. MAYOR USMC ROBERTO J. MARTINEZ 5. TEC. SUPERV USMC RAMON REYES Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 612697-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2011-DE/SG Lima, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 156 de fecha 04 de marzo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;