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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de marzo de 2011 438987 ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN DE POSESION EN ASENTAMIENTOS HUMANOS CONSOLIDADOS Y OBTENCIÓN DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN ESPECIAL PARA TRÁMITE DE SUMINISTRO DE SERVICIOS BÁSICOS DE LUZ, AGUA Y DESAGÜE UBICADOS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Primero.- Establézcase el procedimiento de Identifi cación de Posesión en Asentamientos Humanos Consolidados ubicados en el distrito del Rímac con fi nes de vivienda, para la elaboración de proyectos de servicios públicos. Artículo Segundo.- Objetivos: a) Facilitar la obtención de la Identifi cación de Posesión en Asentamientos Humanos Consolidados, a los administrados que ocupan dichas lotizaciones, para la ejecución de Proyectos de Servicios Básicos de electrifi cación e instalación de redes de agua y alcantarillado. b) Contribuir con el progreso del distrito, mejorando la calidad de vida de sus pobladores informales, estableciendo el trámite administrativo para la ejecución de los proyectos que benefi ciarán y mejorarán la calidad de vida de los pobladores. Artículo Tercero.- Ámbito de aplicación.- La presente Ordenanza es de aplicación para todos los Asentamientos Humanos, Organizaciones Sociales u otro con fi nes de vivienda, que están en proceso de formalización en el distrito del Rímac, y cuyo proceso de formalización es bastante largo, viéndose imposibilitados de obtener los servicios básicos hasta la culminación de su inscripción. Son condiciones indispensables para la Identifi cación de Posesión en Asentamientos Humanos consolidados: • No encontrarse en Zonas previstas para uso de servicio público. • No encontrarse en Zonas Arqueológicas o que constituyan Patrimonio Cultural de la Nación. • No encontrarse en áreas destinadas a programas de vivienda del Estado. • No encontrarse en Áreas Naturales o Zonas Protegidas, según legislación de la materia. • No encontrarse en Zona de Riesgo, determinada por el Instituto Nacional de Defensa Civil u otra entidad competente. • Terrenos de interés social adquiridos por el FONAVI, antes del 23.02.2006. • Ser posesiones informales con fi nes de vivienda, sobre inmuebles de propiedad estatal hasta el 31.12. 2004, debidamente acreditadas. • No ser personas jurídicas que se dediquen a las Habilitaciones Urbanas comercialmente. Asimismo, esto no signifi ca el reconocimiento ni otorgamiento de la Habilitación Urbana de parte de la Municipalidad a nombre del administrado. Artículo Cuarto.- Requisitos Para el caso de los Asentamientos Humanos y/u Organizaciones Sociales destinados a viviendas que no cuenten con el debido saneamiento físico legal otorgado por COFOPRI, se requerirá la presentación de los siguientes documentos: • Copia del Título de Propiedad y/o Antecedentes Registrales del predio. • Certifi cado de Zonifi cación. • 2 juegos de Planos de Ubicación y Localización. • 2 juegos de Planos Topográfi cos y Perimétricos, referidos a las coordenadas UTM. • 2 juegos de Planos de Lotización. • 2 Memorias Descriptivas de la Lotización. • Certifi cado de Habilidad del Arquitecto que suscribe el Proyecto. • Informe favorable de la Ofi cina de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital del Rímac. • Reconocimiento de la Junta Directiva, otorgado por la Gerencia de Participación Vecinal. • Carta de Compromiso de la Junta en el que se establezca que la Visación del Plano de Identifi cación de Posesión en Asentamientos Humanos Consolidados se empleará exclusivamente para trámites ante empresas prestadoras de servicios como SEDAPAL y EDELNOR. • Declaración Jurada de no modifi car la disposición de los lotes según los planos remitidos. • Padrón de pobladores, indicando el nombre completo del titular (es), DNI y lote correspondiente. • Copia del acta de la población, en la que la mayoría califi cada se encuentre conforme con la disposición de los lotes asignados. El Pago por trámite de Identifi cación de Posesión en Asentamientos Humanos Consolidados y/u Organizaciones Sociales consolidadas destinados a vivienda para fi nes de obtención de Servicios Básicos de Luz, Agua, Desagüe y Alcantarillado es de: 8.874% UIT S/. 319.46 nuevos soles Artículo Quinto.- Establézcase el procedimiento de otorgamiento de Constancias de Posesión para Asentamientos Humanos y Organizaciones Sociales destinados a viviendas, para la obtención de servicios públicos. Artículo Sexto.- Apruébese el procedimiento de emisión de Constancias de Posesión para servicios básicos con fi nes de tramitar ante las empresas prestadoras de servicios: EDELNOR y SEDAPAL, los servicios de luz, agua y alcantarillado para cada lote de vivienda, luego de haber obtenido la Identifi cación de Posesión de los Asentamientos Humanos consolidados correspondiente, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: De la solicitud de Constancias de Posesión: • Para fi nes administrativos (sólo personas naturales; no jurídicas). • Copia del DNI del poseedor o poseedores (sociedad conyugal o convivencia). • No signifi ca reconocimiento de propiedad, ni título de propiedad ni conformidad técnica. • Plano de ubicación y localización de la organización a la que pertenece. • Formato de ubicación adjunto indicando linderos y colindantes. • Pago por derecho de trámite, pago único de S/. 20.00 nuevos soles. • Declaración Jurada de no existir proceso judicial sobre derecho de propiedad del inmueble. • Informe de Defensa Civil de predios ubicados en zona de riesgo, y pendientes mayores a 15°, otros (en que presenten de manera individual). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de seis (6) meses contando a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; facultándose al señor Alcalde para que a través de Decretos de Alcaldía correspondientes, proceda a su prórroga y/o reglamentación que corresponda. Segunda.- Las Constancias de Posesión Especial consignarán expresamente en su texto que las mismas son válidas para la tramitación de servicios básicos de luz, agua y desagüe. Tercera.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano elabore un Proyecto para la elaboración de Planeamientos Integrales en el distrito, a fi n de establecer las áreas de uso público en estos sectores y ser inscritos en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, los que tendrán una vigencia no menor de 5 años, por ser de su competencia. Cuarta.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Ciudadana y Programas Sociales, Gerencia de Desarrollo Urbano, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, las acciones correspondientes a fi n de implementar las acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil once. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 613899-1