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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2011 (15/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de marzo de 2011 438986 Artículo Segundo. – FINALIDAD. Establecer un régimen de benefi cios tributarios para los contribuyentes del distrito de Lurín, que demuestren la conducta de cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Artículo Tercero.- BENEFICIO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que realicen el pago total de la determinación anual de los arbitrios municipales del año 2011, hasta el 31 de marzo del 2011 obtendrán un descuento del 5% del valor total de los arbitrios. Artículo Cuarto.- PENSIONISTAS Establézcase un descuento del 50% del monto de los arbitrios municipales del año 2011 a los contribuyentes que gocen del benefi cio de inafectación del impuesto predial por tener la condición de pensionista al 31 de diciembre de 2010. Los pensionistas a los que se hace referencia en el párrafo anterior que tengan deudas impagas de arbitrios municipales de los años 2006 y anteriores podrán efectuar un pago único de Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50.00), por el total de dicha deuda. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía amplíe el plazo, efectos y alcances de los benefi cios que se establecen en la presente ordenanza dictando medidas reglamentarias y complementarias necesarias, así como prorrogar los plazos de vencimiento del impuesto predial y los arbitrios municipales del año 2011. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Subgerencia de Informática, y la Ofi cina de Imagen Institucional el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 613750-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Precisan aspectos reglamentarios de la Ordenanza Nº 290-MDMM ORDENANZA Nº 457-MDMM Magdalena, 11 de marzo del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 05 de la fecha; y, VISTOS: El memorando Nº 141-2011-GDUO/MDMM del 04 de marzo de 2011 de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y el Informe Nº 187-2011-GAJ-MDMM del 07 de marzo de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de junio del 2006 se publicó la Ordenanza Nº 950-MML, mediante la cual la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Reajuste Integral de Zonifi cación de Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del distrito de Magdalena del Mar, que son parte del Área de Tratamiento III de Lima Metropolitana; Que, conforme a lo señalado en el Artículo 6º de la Ordenanza antes referida corresponde a la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar la formulación y aprobación de los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios Complementarios como estacionamientos, retiros, tamaños mínimos de departamentos, densidades habitacionales netas de ser necesario y otros para su aplicación en la jurisdicción; Que, mediante Ordenanza Nº 290-MDMM se dio cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 950-MML, normando los parámetros urbanísticos y edifi catorios complementarios, estándares de calidad y otras disposiciones conexas aplicables al Área de Tratamiento III (Sectores III y IV) del distrito; Que, en ese orden de ideas, es conveniente efectuar reajustes progresivos en los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios acorde con las necesidades de desarrollo del distrito; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras; el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Ámbito de aplicación El criterio de colindancia a que hace referencia la Ordenanza Nº 950-MML y la Ordenanza Nº 290-MDMM, también será de aplicación en el frente de manzanas separadas lateralmente por vías locales. El anteproyecto y la memoria respectiva correspondiente, indicará con detalle volumétrico el planteamiento presentado y la sustentación respectiva de modo tal que permita la consolidación de las alturas a lo largo de los ejes viales del Área de Tratamiento III (Sectores III y IV). En estos casos, cuando se sustente el incremento de altura por colindancia o perfi l urbano se tendrá en cuenta tanto la altura de la edifi cación existente y los parámetros urbanísticos del inmueble colindante situado en el frente lateral donde se ubica el inmueble benefi ciado, prevaleciendo el perfi l urbano de la vía donde se encuentra ubicado este último predio, además de la zonifi cación y área de lote normativo, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 950-MML. Artículo 2º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 614015-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Establecen procedimiento para la identificación de posesión en asentamientos humanos consolidados y obtención de constancias de posesión especial para trámite de suministro de servicios básicos de luz, agua y desagüe ORDENANZA Nº 232 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero de 2011, el Dictamen Nº 001-2011-CDUyDC/ MDR de la Comisión de Desarrollo Urbano y Defensa Civil, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: