Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

Que, con fecha 23 de agosto de 2010, MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CHUICA, solicito la renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada mediante Resolucion Viceministerial No. 658-2001-MTC/15.03; Que, los articulos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del aludido Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, con Resolucion Viceministerial No. 0442005-MTC/03, modificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 509-2006-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada PiuraSechura-Sullana, en el que se incluye al distrito, provincia y departamento de Piura; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe No. 0529-2011MTC/28, opina que corresponde renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial No. 658-2001MTC/15.03 a MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CHUICA, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo No. 0052005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo No. 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo No. 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial No. 658-2001MTC/15.03 a MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CHUICA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Piura-Sechura-Sullana, distrito, provincia y departamento de Piura. Articulo 2º.- El plazo de la renovacion a que se refiere el articulo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial No. 658-2001-MTC/03, en consecuencia, vencera el 25 de agosto de 2021. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la Resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma.

Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 618117-1

Aprueban texto de modificacion de la Parte 139 "Certificacion de Aerodromos" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 083-2011-MTC/12 MORDAZA, 10 de marzo del 2011 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 144-2010-MTC/12, del 07 de MORDAZA de 2010, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del Proyecto de modificacion de la Parte 139 "Certificacion de Aerodromos" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, sin recibirse recomendaciones ni sugerencias de los usuarios y administrados dentro del procedimiento de revision de las RAP, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto modificatorio correspondiente, el que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 2072-2010MTC/12.07, Nº 2841-2010-MTC/12.04 e informes Nº 186-2010-MTC/12.08 y Nº 333-2010-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de modificacion de la Parte 139 "Certificacion de Aerodromos" de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, que forma parte integrante de la presente resolucion y al que se puede acceder en la pagina web www.mtc.gob.pe/dgac.html, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 617718-1

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