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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2011 (25/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439631 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo 8:00 a.m. a 8:00 p.m PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. La Escuela de Conductores Integrales HERMANOS BURGOS & ESTRADA ASOCIADOS SRL. está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, así como las normas legales pertinentes. Artículo Segundo.- La Escuela autorizada impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • José Willian Nizama Elías Director Vicario • Italo Giovanni Crosse Guillén Instructores Teóricos de Tránsito • Wilmer Fidel Flores Morales. • Enrique Neira Palacios. • Carlos Alberto Valdiviezo Viera • Julio Méndez Sandoval Instructor Práctico de Manejo • Segundo Rogelio Estrada Nunura. • Marco Antonio Silupu Arce Instructor Teórico – Práctico de Mecánica • Guillermo Segundo Navarro Salazar Instructora Teórica Práctica en Primeros Auxilios • Ruddy Vidal del Villar Cardenas Psicólogo • Leoncio Olortiga Contreras Artículo Tercero.- La Escuela autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- La Escuela autorizada deberá presentar: a) En plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción FLOTA VEHICULAR: N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 SUZUKI Alto Automóvil MA3F31S690017160 F8DN3571232 2008 BB 9778 2 CHERRY QQ Automovil LVVDB12A99D185894 SQR472FFG9E02852 2009 CB1312 3 MITSUBISHI Fuso Rosa Ómnibus BE436F30073 4D36D21124 2001 VG 9303 4 MITSUBISHI Canter Camión FE537EV520128 4D33E15552 1995 PIB839 5 MITSUBISHI FUSO MF 10 Ómnibus FE659HU00211 4D34M08910 2008 UD 4011 6 Mercedes Benz OF1721/59 Ómnibus 377989U0806702 D6BRN-091273 2008 UD 3968 7 Volvo N183 Remolcador 26343P TD100A710000119 1980 YG 2837 8 Hyundai HD120 Camión KMCLK18AP9CO31046 D6DA8307737 2008 WB 7695