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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439632 de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Séptimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 618259-1 ORGANISMOS EJECUTORES CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU Designan responsable de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2011-CGBVP. San Isidro, 26 de enero de 2011 Visto el Memorando Nº 015-2011 CGBVP/CG de la Comandancia General del CGBVP. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 013-2011 CGBVP se nombró y/o ratifi có, a los Ofi ciales Generales y Superiores que se mencionan en los cargos de confi anza de Directores y Jefes de las Unidades Orgánicas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 027-2011 CGBVP se dio por concluida la designación del Brigadier Mayor CBP JESÚS RODOLFO GUIJA BENAVIDES como responsable de la elaboración y contenido de la información ofrecida vía el Portal de Internet del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM resulta necesario designar al nuevo responsable de la elaboración y contenido de la información ofrecida vía el Portal de Internet del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 27806; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-99-PCM y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del CGBVP, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 128-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Brigadier Mayor CBP MARIO CARLOS CASARETTO LA TORRE como responsable de brindar la información que demanden las personas en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2º.- El personal y demás funcionarios del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, deberán bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o información que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazos establecidos en las normas sobre la materia. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Administración del CGBVP publicar la presente Resolución Jefatural en el Diario El Peruano, publicar los nombres de los responsables en el portal Web del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y publicar copia de la presente Resolución Jefatural en lugar visible de cada una de las sedes administrativas del CGBVP. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ANTONIO ZAVALA ABEO Comandante General 617729-1 Dan por concluido nombramiento de Fedatario Titular del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 085-2011-CGBVP San Isidro, 10 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 458-2004, de fecha 10 de septiembre del 2004, se nombró al señor Licenciado en Administración JEFF HAMILTON VIDAL ROMERO como Fedatario del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 256-2008 CGBVP, de fecha 06 de mayo del 2008, se ratifi có el nombramiento del referido profesional como Fedatario Titular del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, debido a los cambios en las Jefaturas de las Direcciones y Ofi cinas del Comando Nacional del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y de conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, resulta conveniente dar por concluido el nombramiento como Fedatario Titular del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú del referido profesional; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y la Ley del