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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de marzo de 2011 439647 Artículo Segundo.- El fi nanciamiento de la escala de incentivo CAFAE aprobados en el Anexo 1 (01), será aplicable a partir de la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas y con cargo a los recursos ordinarios que para dicho fi n se autorice. Artículo Tercero.- Gestionar la Habilitación de la Partida N° 2.1.11.21, Asignación de Fondos para el Personal, a fi n de viabilizar la transferencia que en su oportunidad autorizará el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- Sin perjuicio de lo señalado en los artículos precedentes, la Universidad, en un plazo no mayor a quince (15), días, simultáneamente efectuará la evaluación, de las Partidas Presupuestales, que permitan, identifi car otras fuentes de fi nanciamiento, a fi n de mejorar la Escala de incentivos señalada en el Anexo uno (01), para el personal administrativo del Régimen del Decreto Legislativo N° 276, para dicho efecto realizará el trámite pertinente ante la Dirección Nacional de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- Encargar a las Ofi cinas Centrales de Planifi cación, de Económico Financiera, de Asesoría Legal y de Recursos Humanos, para que dicten las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. DAGOBERTO SANCHEZ MANTILLA Presidente de la Comisión de Orden y Gestión y Rector de la Universidad Nacional Federico Villarreal CARLOS PAJUELO CAMONES Secretario General de la Universidad Nacional Federico Villarreal ANEXO Nº 1 ESCALA DE INCENTIVO PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO - DL. 276 DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL DECRETO DE URGENCIA Nº 003-2011 NIVELES CARRERA ADMINISTRATIVA PEA ACTIVOS 873 ESCALA CAFAE S/. COSTO MENSUAL S/. COSTO ANUAL S/. DIRECTIVOS 36 F - 4 1 800 800 9600 F - 3 10 800 8000 96000 F - 2 25 800 20000 240000 PROFESIONALES 116 SP - A 13 750 9750 117000 SP - B 17 750 12750 153000 SP - C 41 750 30750 369000 SP - D 22 750 16500 198000 SP - E 23 750 17250 207000 TECNICOS 583 ST - A 195 700 136500 1638000 ST - B 38 700 26600 319200 ST - C 210 700 147000 1764000 ST - D 74 700 51800 621600 ST - E 66 700 46200 554400 AUXILIARES 138 SA - A 75 650 48750 585000 SA - B 31 650 20150 241800 SA - C 12 650 7800 93600 NIVELES CARRERA ADMINISTRATIVA PEA ACTIVOS 873 ESCALA CAFAE S/. COSTO MENSUAL S/. COSTO ANUAL S/. SA - D 12 650 7800 93600 SA - E 8 650 5200 62400 TOTAL 873 613600 7363200 25.02.2011 618990-1 Modifican la Res. Nº 123-2011-R- COG-UNFV de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN Nº 253-2011-R-COG-UNFV San Miguel, 16 de marzo de 2011 Visto, el Oficio Nº 016-2011-2011-SUTF-UNFV y el Oficio Nº 017-201-STF-UNFV, ambos con fecha de recepción 08.03.2011, de la Secretaria General del Sindicato Unico de Trabajadores “Fraternidad”, mediante los cuales solicita la modificación de la Resolución Nº 123-2011-R-COG-UNFV, de fecha 25.02.2011; así como las modificaciones presupuestales para la Escala de Incentivos por CAFAE; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 003-2011, se establece medidas urgentes de regularización respecto de los incentivos que se otorgan, a través de los CAFAES o fuera de ellos en aplicación de disposiciones legales vigentes, a los Pliegos de Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, disposición que comprende a las Universidades Públicas conforme al literal a) del inciso 1 del Artículo 2º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el Artículo 1º, del mencionado Decreto de Urgencia faculta a los Titulares de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, hasta el 28 de febrero del 2011, a aprobar, en vía de regularización, mediante acto resolutivo, las escalas por Unidad Ejecutora de los incentivos y estímulos otorgados a sus trabajadores, sujetándolos a lo regulado por la Novena Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411 y dentro de los montos totales transferidos al Fondo de Asistencia y Estímulo de los referidos Pliegos al 31 de Diciembre de 2009, adicionando los incrementos de transferencia efectuados en el marco de las disposiciones legales vigentes, considerando el número de trabajadores existentes al 31 de diciembre del 2010; Que, así mismo el referido Decreto de Urgencia, determina que los precitados incentivos y estímulos deben ser adecuados a la Novena Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, pues de no ocurrir así, se afectará los derechos laborales de los trabajadores y generará el reclamo de los servidores por la afectación de sus derechos laborales, quienes podrían exigir el indicado pago mediante acciones legales, lo cual perjudicaría la gestión y el cumplimiento de las metas programadas de carácter administrativo, académico y de investigación; Que, el referido Decreto de Urgencia establece que la aprobación de la Escala de Incentivos y Estímulos deberá contar con los informes previos y favorables de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica o los que hagan sus veces en los respectivos pliegos; Que, adicionalmente, el mencionado Decreto de Urgencia Nº 003-2011 precisa que la implementación de las Escalas de Incentivos y Estímulos, será con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el