Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2011 (30/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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electrica en la futura Central Hidroelectrica "La Virgen"; y su solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 253-2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 060-2005-EM, publicada el 12 de octubre de 2005, la empresa Peruana de Energia S.A.A. es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica La Virgen, que se ubicara en el departamento de MORDAZA, utilizando los recursos hidricos de los MORDAZA Tarma y Quebrada Guayabal, con una capacidad instalada de 58 MW, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 253-2005, elevado a Escritura Publica el 21 de noviembre de 2005; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 033-2007EM, publicada el 28 de MORDAZA del 2007, se aprobo a favor de Peruana de Energia S.A.A. la primera modificacion del Contrato de Concesion Nº 253-2005, a fin de lo siguiente: a) ampliar el plazo para la ejecucion de las obras previsto en el Calendario de Ejecucion de Obras del proyecto, en el cual quedo estipulado que la ejecucion de las obras de la Central Hidroelectrica La Virgen tendra una duracion de 46 meses computados a partir de la fecha de aprobacion de la modificacion del contrato; y b) incrementar la potencia instalada de 58 MW a 64 MW; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 055-2009EM, publicada el 11 de MORDAZA del 2009, se aprobo a favor de Peruana de Energia S.A.A. la MORDAZA modificacion del Contrato de Concesion Nº 253-2005, a fin de incluir la ampliacion del area de la concesion derivada de un MORDAZA trazo del tunel para el proyecto, con sus correspondientes planos de ubicacion y coordenadas UTM PSAD56, sin alterar los plazos del Cronograma del Proyecto aprobado; Que, Peruana de Energia ha tenido dificultades para la obtencion de las servidumbres requeridas para el proyecto, razon por la cual la Concesionaria procedio a solicitar la imposicion de servidumbres en setiembre de 2009, que estan actualmente en tramite, y que afectan un predio que, ademas de ser propiedad de Chinango S.A.C., MORDAZA parte del area de concesion definitiva de generacion del cual es titular el mencionado propietario, por lo que han existido inconvenientes para que MORDAZA partes lleguen a un acuerdo. Tales dificultades, de acuerdo al Concesionario, han afectado de modo considerable el inicio de las obras del proyecto Central Hidroelectrica La Virgen, asi como el cierre con entidades financieras y la suscripcion de los contratos de obras y de supervision; Que, con fecha 08 de MORDAZA de 2010, mediante documento con registro de ingreso Nº 1979511, Peruana de Energia S.A.A. solicito la tercera modificacion del referido Contrato de Concesion, a fin de realizar los siguientes cambios en la concesion: 1) prorrogar el plazo de ejecucion de obras, de manera tal que el inicio de obras se realice a partir del 01 de noviembre del 2013, y poner en operacion comercial la Central Hidroelectrica el 31 de enero de 2016, y 2) ampliacion del area de la concesion que corresponde al area de la toma del agua que viene de la Central Hidroelectrica Yanango de propiedad de Chinango S.A.C.; Que, conforme con el literal b) del articulo 36º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, la concesion caduca cuando el concesionario no cumpla con ejecutar las obras conforme el Calendario de Ejecucion de Obras, salvo que demuestre que la ejecucion ha sido impedida por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor calificada como tal por el Ministerio de Energia y Minas; Que, sobre el particular, la titular sustento su solicitud de modificacion en razones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales giran en torno a lo siguiente: a) Demoras a consecuencia de la necesidad de aprobar un MORDAZA trazo del proyecto, el cual se concreto mediante Resolucion Suprema Nº 055-2009-EM del 10 de MORDAZA de 2009, sin prorrogar los plazos del Cronograma del Proyecto aprobado y b) Dificultades para la obtencion de las servidumbres requeridas para el proyecto, razon por la cual la Concesionaria procedio a solicitar la imposicion de servidumbres, las cuales estan actualmente en tramite; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 3212010-MEM/DM de fecha 27 de MORDAZA de 2010, el

Ministerio de Energia y Minas califico como caso fortuito o fuerza mayor la razon expuesta por Peruana de Energia S.A.A., relacionada con las dificultades para la obtencion de las servidumbres requeridas para el proyecto, indispensable para la ejecucion de la Central Hidroelectrica La Virgen, razon por la cual, procede aprobar las modificaciones solicitadas por dicha empresa, las cuales seran consignadas en el Contrato de Concesion Nº 253-2005, a traves de la respectiva Minuta, a fin de modificar el numeral 1.3 de la Clausula Primera, modificar el numeral 5.7, e incorporar los numerales 5.8 y 5.9 de la Clausula MORDAZA, modificar el numeral 6.2.12 de la Clausula Sexta, modificar el numeral 9.5 de la Clausula Novena, modificar la Clausula Decimo Primera y modificar los Anexos Nº 2 y Nº 4 del Contrato de Concesion Nº 253-2005; Que, mediante el Oficio Nº 270-2009-MEM/AAE, de fecha 09 febrero de 2009 y su correspondiente Informe Nº 007-2009-MEM-AAE/MM/RP de fecha 06 de febrero del 2009, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas ha dado la conformidad al Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Central Hidroelectrica La Virgen, que cubre las zonas de ampliacion de la indicada Central; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00993-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe Nº 169-2010-DGE-DCE, corresponde aprobar la tercera modificacion del Contrato de Concesion Nº 253-2005 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y el articulo 54º del citado Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la tercera modificacion al Contrato de Concesion Nº 253-2005, en los aspectos referidos a modificar el numeral 1.3. de la Clausula Primera, modificar el numeral 5.7, e incorporar los numerales 5.8 y 5.9 de la Clausula MORDAZA, modificar el numeral 6.2.12 de la Clausula Sexta, modificar el numeral 9.5 de la Clausula Novena, modificar la Clausula Decimo Primera y los Anexos Nº 2 y Nº 04, relativos a la concesion definitiva de generacion de la Central Hidroelectrica La Virgen, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la tercera modificacion al Contrato de Concesion Nº 2532005, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que origine la tercera modificacion al Contrato de Concesion Nº 253-2005. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 621410-6

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