Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2011 (30/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2011

encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 474-96-PE de fecha 18 de setiembre del 1996, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a la empresa MANONGA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "MANU 9" de matricula CO-2447PM, de 180 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las 5 millas marinas adyacentes a la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 078-2004PRODUCE/DNEPP del 02 de febrero de 2004, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion "MANU 9" de matricula CO-2447-PM, de 185 m3 de capacidad de bodega a favor de C & M PESCA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a la fecha la embarcacion pesquera denominada "MANU 9" de matricula CO-2447-PM y 185 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el literal J del Anexo I del listado embarcaciones pesqueras de MORDAZA con permiso de pesca vigente de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; Que, mediante los escritos del visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcacion a traves de la escritura publica de compraventa, la misma que se encuentra registrada en la Partida N° 00708657, asiento C00004; Que, mediante Oficio Nº 446-2010-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 21 de octubre de 2010, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, comunico que se dispuso la suspension de 16 procedimientos de ejecucion coactiva en torno a la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM, al haberse interpuesto una demanda de revision judicial en el primer caso, y demandas contenciosas administrativas en los otros 15 casos; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM presentado por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1018-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion legal favorable; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM de 185 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 474-96-PE. Articulo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM, al resultado de los procesos judicial y administrativos correspondientes, conforme lo senalado

en el tercer parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM otorgado a C & M PESCA S.A.C. consignado en la Resolucion Directoral Nº 078-2004PRODUCE/DNEPP. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MANU 9" de matricula CO-2447-PM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE excluyendo a C & M PESCA S.A.C. consignada en dicho anexo. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 620424-6

Otorgan licencia a Alimentos Congelados S.A.C. para la operacion de planta de congelado en la provincia de Ilo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 122-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de febrero del 2011 Visto el Escrito con Registro N° 0002299 - 2011 y su Adjunto 01, ambos de fecha 10 de enero del 2011, presentado por la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral N° 584-2010PRODUCE/DGEPP del 17 de agosto del 2010, se otorgo a la empresa ALIMENTOS CONGELADOS SAC autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento pesquero para el consumo humano directo, a traves de la Planta de Congelado a ubicarse en el Sector Caleta Cata Cata, Parcela A ­ 5 (Balnearios del Sur), distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, con una capacidad proyectada de 45 t/dia; Que, mediante los escritos del visto la empresa ALIMENTOS CONGELADOS S.A.C solicita licencia de operacion para su Planta de Congelado instalada en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Caleta Cata Cata, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente administrativo, se ha determinado que la administrada ha acreditado haber presentado el Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion N° PTL-010-10-CG-SANIPES emitido por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP y el Servicio Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES; la MORDAZA de Verificacion Ambiental EIA N° 001-2011-PRODUCE/ DIGAAP expedido por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, en fechas 13 de octubre del

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