Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2011 (01/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de mayo de 2011 441894 Res. Nº 237-2011-GR.LAMB/PR.- Autorizan iniciar acciones legales para recuperar predio eriazo ubicado en el Sector las Pampas de Pimentel, provincia de Chiclayo 441908 Res. Nº 238-2011-GR.ALMB/PR.- Encargan a procurador coordinar con ENACE para proponer transacción extrajudicial e iniciar acciones en defensa del derecho posesorio sobre predio 441909 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO D.A. Nº 02-2011-MVMT.- Modifi can Procedimiento N° 119 del TUPA de la Municipalidad sobre matrimonio civil comunitario 441909 Res. Nº 034-2011-GM/MVMT.- Declaran la nulidad de ofi cio de la R.A. N° 111-2010/MVMT y de los actos posteriores vinculados al mismo 441911 Res. Nº 035-2011-GM/MDVMT.- Declaran nulidad de ofi cio de actos administrativos representados por las RR.AA. N°s 119-2010/ MVMT y 279-2010/MDVMT 441912 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA Acuerdo Nº 006-2011-MDE.- Fijan monto de remuneración del Alcalde y dietas de Regidores 441915 SEPARATA ESPECIAL BANCO CENTRAL DE RESERVA Circular N° 011 y 012-2011-BCRP.- Reglamento de las Cámaras de Compensación de Transferencias de Crédito y Reglamento de las Operaciones de Venta de Moneda Extranjera con el Compromiso de Reventa 441886 PODER EJECUTIVO DEFENSA Aprueban formatos que serán utilizados para la emisión de diversos certificados por parte de la Autoridad Marítima (Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Ministerio de Defensa, mediante Ofi cio Nº 449-2011/ MINDEF/SG/A/02, recibido el 29 de abril de 2011) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0448-2010/DCG 15 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo N° 028-DE/ MGP de fecha 25 Mayo 2001, en su artículo A-010501 incisos (4) y (17), dispone que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, dictar las normas complementarias y emitir resoluciones sobre asuntos de su competencia relativos a las actividades marítimas, fl uviales y lacustres; Que, el Artículo C-010701 establece los reconocimientos e inspecciones dispuestas por el Reglamento para las naves de bandera nacional o naves que van a adquirir la nacionalidad peruana, son las de verifi car desde el inicio de su construcción o antes de su adquisición en el caso de naves que van a ser adquiridas en el extranjero y en forma periódica hasta su desguace o cambio de bandera; Que, además el Artículo C-010713 dispone que el reconocimiento inicial para buques menores, buques pesqueros mayores y menores, embarcaciones y artefactos navales, se llevará a cabo antes, (aprobación de planos), durante la construcción (50% de avance de obra), y al término de la construcción, así como el término de una conversión mayor; Que, el Artículo C-010720 indica que los certifi cados son los documentos nacionales e internacionales que otorga la Autoridad Marítima, después del resultado satisfactorio de un reconocimiento e inspección efectuada a una nave, y que se encuentran de acuerdo a lo especifi cado por las normas nacionales e internacionales; Que, los artículos C-010701, C-010713 y C-010720 concordante con el artículo A-010501 inciso (4), del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo N° 028 DE/MGP de fecha 25 Mayo 2001, establece que corresponde a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas aprobar mediante Resolución Directoral los formatos a utilizar para la certifi cación de las naves posterior a su reconocimiento e inspección; Que, es necesario aprobar los formatos a utilizarse en la confección y emisión de los certifi cados que otorga la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en cumplimiento a los procedimientos establecidos en los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2005-2005/MGP de fecha 20 Junio 2005; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Material Acuático; a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuáticas; y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: 1.- Aprobar los formatos utilizados para la emisión de los certifi cados que a continuación se señalan, los mismos que forman parte de los anexos “A” al “V” de la presente Resolución Directoral: A) Certifi cado de Prueba de Inclinación B) Certifi cado de Aprobación de Características Técnicas C) Certifi cado de Erección de Quilla/Roda para naves iguales o mayores de 500 Arqueo Bruto. D) Certifi cado de Pruebas Estructurales para naves mayores de 500.00 Arqueo Bruto E) Certifi cado de Aprobación de Planos de construcción de naves F) Certifi cado de Avance de Construcción del 50% G) Certifi cado de Avance de Construcción del 100% para naves mayores de 07.00 de Arqueo Bruto H) Certifi cado Nacional de Arqueo para naves mayores de 07.00 de Arqueo Bruto I) Certifi cado Nacional de Seguridad para naves hasta de 07.00 de Arqueo Bruto J) Certifi cado Nacional de Seguridad para naves mayores de 07.00 de Arqueo Bruto K) Certifi cado Nacional de Línea de Máxima de Carga L) Certifi cado de Compensación de Compás Magnético y su Tabla de Rumbos y desvíos M) Certifi cado de Permiso de Navegación N) Certifi cado Nacional de Seguridad para Naves Fluviales O) Certifi cado Nacional de Seguridad para Artefactos Navales