Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2011 (01/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

441898

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2011

De conformidad con lo establecido en el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a Empresa Peruana de Aguas S.A., por el desarrollo del proyecto denominado "Derivacion Huascacocha - Rimac", en adelante el "Proyecto" de acuerdo con el Contrato de Inversion suscrito con el Estado el 30 de noviembre del 2010. Articulo 2º.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversion a cargo de Empresa Peruana de Aguas S.A. asciende a US$ 82 411 026,22 (Ochenta y Dos Millones Cuatrocientos Once Mil Veintiseis y 22/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de un (1) anos, seis (6) meses y un (1) dia, contado a partir del 30 de noviembre del 2010. Articulo 3º.- Objetivo principal del Contrato de Inversion Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversion es el previsto en la MORDAZA Clausula del mismo y el inicio de las operaciones productivas estara constituido por la percepcion de cualquier ingreso proveniente de la explotacion del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el articulo 5º de dicho Decreto Legislativo. Articulo 4º.- Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversion, comprende el impuesto que grave la importacion y/o adquisicion local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, asi como los servicios y contratos de construccion que se senalan en los Anexos I y II de la presente Resolucion; y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecucion del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversion. Para determinar el beneficio MORDAZA indicado se consideraran las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construccion que se hubieran efectuado a partir del 30 de noviembre del 2010 y hasta la percepcion de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el articulo anterior. 4.2 De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los Anexos que forman parte de la presente Resolucion Suprema seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 4.3 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, segun subpartidas nacionales, servicios y contratos de construccion se incluira como un anexo al Contrato de Inversion y podra ser modificada a solicitud de Empresa Peruana de Aguas S.A., de conformidad con el Numeral 6.1 del Articulo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF. Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 634812-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana correspondiente al mes de MORDAZA de 2011
RESOLUCION JEFATURAL N° 111-2011-INEI MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica publicara en el Diario Oficial "El Peruano", con caracter de MORDAZA Legal, la variacion mensual que MORDAZA experimentado el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 510, dispone que el INEI, debera publicar mensualmente con caracter de MORDAZA Legal, la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al indice del mes de diciembre del ano anterior; Que, en el mes de enero del 2010 se realizo la revision de la metodologia y de los procedimientos de calculo del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, estableciendose como periodo Base: Ano 2009=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de MORDAZA de 2011 y la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2010, asi como aprobar la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, (Base: Ano 2009 = 100,00) correspondiente al mes de MORDAZA de 2011, asi como su Variacion Porcentual Mensual y Acumulada. ANO 2011 MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA NUMERO INDICE 102,58 102,97 103,70 104,40 VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 0,39 0,38 0,70 0,68 0,39 0,77 1,48 2,17

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, correspondiente al mes de MORDAZA de 2011, documento que contiene la Informacion Oficial del Indice de Precios al Consumidor. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) 634810-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.