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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de mayo de 2011 441899 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de abril de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 112-2011-INEI Lima, 30 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de abril de 2011, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de abril de 2011, así como su variación mensual y acumulada. AÑO/MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2011 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL 199,037811 200,302465 201,637761 203,876631 0,97 0,64 0,67 1,11 0,97 1,62 2,29 3,43 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de abril de 2011. Regístrese y comuníquese. ANIBAL SANCHEZ AGUILAR Jefe (e) 634810-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Modifican el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 115-2011-CE-PJ Lima, 13 de abril de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 090-2011-JASE-CE-PJ cursado por el señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 039-2011-CE-PJ este Órgano de Gobierno modifi có el literal a) del artículo 23º de la Directiva Nº 003-2010-PJ, denominada “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de Selección de Personal en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 020-2010-CE-PJ; Segundo: Que, dicha modifi cación incidió sobre el tiempo mínimo de servicio ininterrumpido en la Institución, que debe acreditar un postulante a plaza en el marco de un concurso interno de selección para provisión de plaza vacante; Tercero: Que, en aras de establecer concordancia en las disposiciones contenidos en los reglamentos de este Poder del Estado; es menester modifi car el artículo 58º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el literal a) del artículo 58º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 010- 2004-CE-PJ de fecha 03 de febrero de 2004, en los términos siguientes: “Artículo 58º.- Para ascender o promocionar a un trabajador del Poder Judicial será necesario contar con una plaza vacante y contenida en el Presupuesto Analítico de Personal de la Institución en el ejercicio vigente, reunir el perfi l requerido para el nuevo puesto, participar en el concurso de méritos respectivos, y además cumplir con los siguientes requisitos: a) Tener una antigüedad no menor de un año (1) año de servicio ininterrumpido en la Institución. (…)” Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 634744-4 Suspenden el despacho judicial en los Juzgados Civil, Mixto y de Paz Letrado de la provincia de Islay, Corte Superior de Justicia de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 116-2011-CE-PJ Lima, 13 de abril de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 032 y 678-2011-P-CSJAR/PJ (064 y 061-CE), cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y