Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2011 (11/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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ORDENANZA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2011

Articulo Primero.- Prorrogar la fecha de vencimiento del pago anual del impuesto predial 2011, o, en forma fraccionada de la primera y MORDAZA cuota trimestral del impuesto predial ­ 2011 hasta el 03-06-2011. Articulo Segundo.- Prorrogar la fecha de vencimiento de la primera, MORDAZA, tercera, cuarta y MORDAZA cuota mensual de los arbitrios municipales 2011 hasta el 03-062011. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 638131-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Reglamento de MORDAZA Pesado en la provincia de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2011-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 9 de marzo del 2011; en la Estacion Orden del Dia, respecto al PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA PESADO EN LA PROVINCIA DE BARRANCA, presentada por la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial mediante el Informe Nº 0269-2011-SGTSV-MPB. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru dispone que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Art. II del titulo preliminar de la Ley Organicas de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, describe "...los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico..."; Que, el Articulo 81º, Inc. 1), numeral 1.9 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades en materia de MORDAZA, Vialidad y Transporte Publico, ejerce la funcion de normar y regular el transporte terrestre a nivel provincial. Que, el Art. 120º del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, aprobado por D. S. Nº 016-2009-MTC, establece que las Municipalidades Provinciales, en situaciones generadas por la congestion vehicular y/o la contaminacion ambiental, pueden prohibir o restringir la circulacion de vehiculos o algunos tipos de vehiculos en determinadas areas o vias publicas; asimismo el Art. 221º de la MORDAZA acotada en el parrafo anterior determina que en las vias de circulacion intensa de vehiculos, esta prohibido: a) Efectuar faenas de carga y descarga que ocasionen obstaculos al libre MORDAZA, aun dentro de las horas permitidas por la autoridad competente; y b) Ubicar mercancias para ser cargadas y descargadas

en lugares que obstaculicen la circulacion de personas y vehiculos, aun dentro de las horas permitidas por la autoridad competente para efectuar faenas de carga y descarga; Que, de acuerdo al Art. 11º del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por D. S. Nº 017-2009-MTC, las Municipalidades Provinciales, en materia de transporte terrestre, cuentan con las competencias previstas en dicho Reglamento y se encuentran facultadas, ademas, para aplicar normas complementarias en su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la ley, el mismo Reglamento y los demas reglamentos nacionales ejerciendo competencias de gestion y fiscalizacion del transporte terrestre; Que, el Texto Unico de Procedimiento Administrativo ­ MORDAZA tiene que por finalidad de unificar, reducir y simplificar los procedimientos administrativos que se siguen ante las distintas entidades de la Administracion Publica dentro de los cuales se encuentran los Gobiernos Locales; ante ello mediante Ordenanza Municipal Nº 0072010-AL/CPB nuestra comuna MORDAZA aprueba el Texto Unico de Procedimiento Administrativo - MORDAZA, instrumento de gestion que en su procedimiento Nº 30 describe el pedido administrativo de Autorizacion de MORDAZA de Carga y Descarga de mercaderias de vehiculos particulares en horario establecido, para el cual se requiere los siguientes requisitos: ..., 3) Declaracion Jurada garantizando el cumplimiento de las normas municipales, y 4) Pago por derecho de tramite. Que, con el fin de regular el MORDAZA pesado por la via de nuestra Provincia de Barranca, asi como el estacionamiento de vehiculos de carga pesada, la carga y descarga de productos y/o mercancias en las zonas MORDAZA determinadas; asi como las tugurizaciones, desorden y el caos vehicular, resulta necesario aprobar la Ordenanza Municipal que regule tal fin. Que, mediante Memorandum Nº 0288-2011-GM/ FGVC-MPB, la Gerencia Municipal remite al pleno del Concejo Municipal para su discusion y aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el MORDAZA Pesado en la Provincia de Barranca, presentado por la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MORDAZA PESADO EN LA PROVINCIA DE BARRANCA Articulo 1º.- APRUEBESE el REGLAMENTO DE MORDAZA PESADO EN LA PROVINCIA DE BARRANCA, el mismo que contiene 26 articulos. Articulo 2º.- APRUEBESE la tabla de Infracciones y Sanciones del reglamento de que contiene: codigo asignado a cada infraccion, descripcion de la infraccion, calificacion, sancion, medidas accesoria y responsables. Articulo 3º.- PUBLIQUESE, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano", y sus anexos correspondientes en el MORDAZA Institucional www. munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley 29091. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los nueve dias del mes de marzo del dos mil once. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 637466-1

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