Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2011 (11/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442307

Que, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de enero del 2011, mediante Acuerdo Regional Nº 007-2011, se aprobo por Mayoria derivar el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, a la Comision de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ucayali, para su evaluacion y/o modificacion en su totalidad, en merito a las modificatorias emitidas por el Gobierno Nacional. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar su reglamento Interno, concordante con el Articulo 38º de la misma MORDAZA legal, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional. Que, mediante Ley 29053 de fecha 26 de junio del 2007 se modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, MORDAZA legal que modifica los articulos 11º, 13º, 21º y 30º y, consecuentemente establece la estructura basica de los Gobiernos Regionales, regula la separacion de poderes, excluyendo del Consejo Regional a la Presidencia y Vice Presidencia de los Gobiernos Regionales, lo que implica que el Reglamento Interno se constituye en una herramienta legal sobre el funcionamiento y atribuciones del Consejo Regional y que esta integrada por los Consejeros Regionales quienes elegiran a un Consejero Delegado quien presidira y convocara las sesiones del Consejo Regional, representandolo y tramitando sus acuerdos. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulo 9° y 10° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por las Leyes N° 27902, N° 28968 y Nº 29053 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Extraordinaria de fecha 04 de febrero de 2011, el Consejo Regional de Ucayali con el MORDAZA mayoritario de sus miembros aprobaron la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 001.2008-GRU-CRU de fecha 04 de enero del 2008, que contenia el Reglamento Interno del Consejo Regional; Articulo Segundo.- APROBAR la Ordenanza Regional que contiene el Reglamento Interno del Consejo Regional el mismo que consta de VIII Titulos, 104 articulos 01 Disposicion Transitoria y 01 Disposicion Final y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y a la Oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe); Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los quince dias del mes de febrero del dos mil once. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los dieciseis dias del mes de febrero del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 637481-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Ordenanza que regula los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital 2011 - 2012
ORDENANZA Nº 132-2011-MDC Cieneguilla, 14 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Regula los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, el Informe Nº 038-201GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 02 de MORDAZA de 2011, el Informe Nº054-2011-GDHPV-MDC de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal de fecha 25 de marzo de 2011 y el Informe Nº 165-2011GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 06 de marzo de 2011; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley. Que, los articulos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establecen que los gobiernos locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, en la gestion publica, y a garantizar y canalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion, rendicion de cuentas y vigilancia, siendo de competencia exclusiva de la municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal. Que, los articulos del 102º al 105º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, establecen la definicion, composicion, instalacion y funciones de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, como organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, senalando que las mismas estaran integradas, en el caso de las Municipalidades Distritales, por el MORDAZA Distrital que lo preside, los regidores distritales, los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdiccion y por los representantes de la organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, conforme a la proporcion senalada en la misma Ley. Que, es necesario reglamentar la participacion de los representantes de la organizaciones sociales MORDAZA senaladas, conforme a la proporcion senalada en la misma Ley, para efecto de dar cumplimiento a la instalacion y funcionamiento de los Consejos de Coordinacion Local

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