Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2011 (11/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2011

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA VISTO: El expediente Nº 049-2010-ORABI/GOB.REG.TACNA correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 150.1638 hectareas, ubicado en el sector Humedales de Ite, del distrito de Ite, provincia MORDAZA Basadre y region Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Bienes Estatales, tiene como finalidad contribuir al desarrollo del MORDAZA promoviendo el saneamiento de la propiedad estatal, para incentivar la inversion publica y privada, procurando una eficiente gestion del portafolio mobiliario e inmobiliario del Estado; asimismo, ordenar, integrar y simplificar los procedimientos de adquisicion, administracion, disposicion, registro y supervision de los bienes estatales a nivel del Gobierno Nacional, regional y local para lograr una eficiente gestion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta el Gobierno Regional Tacna, se ha identificado que el terreno de un perimetro de 22 037.35 metros y con un area de 1 150.1638 hectareas (ha.), ubicado en el sector denominado Humedales de Ite, del distrito de Ite, provincia de MORDAZA Basadre y region Tacna, se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante inspeccion tecnica realizada el 14 de MORDAZA del 2010, se verifico que el terreno de 1 150.1638 ha., se extiende aproximadamente desde el Km. 87 al 98 de la Via Costanera, se trata de un terreno eriazo con presencia de areas inundadas, de naturaleza irregular y de gran diversidad; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral, de fecha 07 de junio del 2010, expedido por la Oficina Registral Tacna, sobre la base del Informe Tecnico Nº 1482-2010/Z.R.NºXIII/OC-ORT-R, del area de 1 150.1638 ha., concluye que la totalidad del predio solicitado, se encuentra sobre ambito que NO SE PUEDE DETERMINAR los antecedentes registrales y el grafico remitido se encuentra conforme; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de Particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN; y en las zonas en que se MORDAZA efectuado transferencia de competencias, a los gobierno regionales; Que, el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, dispone que la primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias; Que, el parrafo tercero del articulo 16º del Reglamento de Predios de la Oficina Registral Tacna, aprobado mediante Resolucion Nº 248-2008-SUNARP/SN, senala que "No impide la inmatriculacion el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no...." Que, en consecuencia, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 150.1638 ha., de conformidad con el Articulo 23º de la Ley 29151, del articulo 38º del Reglamento de la Ley 29151 aprobado por D.S. 007-2008-VIVIENDA y la directiva Nº 003-2004/SBN aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que mediante Acta de entrega y recepcion de funciones sectoriales y recursos asociados del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales, de fecha tres de noviembre de 2005, se realiza la transferencia de competencias en materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del estado, a favor del Gobierno Regional Tacna; comunicandose la fecha de suscripcion del acta en el diario oficial El Peruano con fecha 26 MORDAZA del 2006, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10;

Que, el articulo 20º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece: "La Presidencia Regional es el organo ejecutivo del Gobierno Regional, siendo el Presidente Regional, la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional". Asi mismo, el articulo 62º del mismo cuerpo legal, en el inciso b), establece que son funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del estado, realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal; De conformidad con los considerandos expuestos y estando a lo establecido por la Ley Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783 y sus modificatorias las Leyes Nº 27950 y 28139; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada y complementada por Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley 28926 y el informe Nº 731-2010-ORABI/GOB.REG. TACNA, con la conformidad de la Gerencia General Regional, visacion de la Oficina Regional de Administracion de Bienes Inmuebles y la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la Inscripcion de Domino a favor del ESTADO, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del terreno de 1 150.1638 hectareas, ubicado en el sector denominado Humedales de Ite, del distrito de Ite, provincia de MORDAZA Basadre y region Tacna, segun plano y memoria descriptiva que sustenta la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina Registral Tacna perteneciente a la MORDAZA Registral Nº XIII-Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tacna. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 637855-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban Reglamento Consejo Regional Interno del

ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2011-GRU-CRU POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley Nº 27783,Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Extraordinaria de fecha 04 de febrero del 2011; CONSIDERANDO: Que, en Sesion Extraordinaria de fecha 04 de enero del 2008, se aprueba por unanimidad la Ordenanza Regional Nº 001-2008-GRU/CR, con respecto al Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali.

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