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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442410 Que, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, órgano encargado de conducir y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos, de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, ha propuesto modifi car la Directiva Nº 001-2011/SERVIR-GDCGP – Directiva que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su asignación durante el año 2011; a efectos de que en el marco del proceso abreviado, se considere además de las características del cargo requerido y el perfi l de los Gerentes Públicos en situación de disponibilidad, la opinión de las entidades solicitantes como un insumo a ser tomado en cuenta por parte del Comité de Gerentes y el Consejo Directivo para la asignación de Gerentes Públicos, puesto que la opinión favorable de las entidades favorece una mejor adecuación entre el candidato y el puesto específi co requerido, así como la sostenibilidad del Gerente Público en la entidad; Que, por otro lado, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos tomando en cuenta que se han presentado casos en que las asignaciones de Gerentes Públicos han recaído sobre profesionales que a la fecha de asignación se encontraban desempeñando el cargo requerido, por cuanto implica un reconocimiento del conocimiento, experiencia y las competencias de quien, a juicio del titular de la entidad, se desempeña de modo satisfactorio; propone, asimismo, explicitar esta situación en la Directiva Nº 001-2011/SERVIR-GDCGP; Que, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 05 de mayo de 2011, aprobó la propuesta de modifi cación de la Directiva Nº 001-2011/SERVIR-GDCGP – Directiva que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su Asignación durante el año 2011, presentada por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024 y el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo 26 de la Directiva Nº 001-2011/SERVIR-GDCGP– Directiva que aprueba los lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y su asignación durante el año 2011, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 08-2011-SERVIR-PE, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 26.- Comité de Gerentes Se constituirá un comité integrado por tres Gerentes o Jefes de Ofi cina de SERVIR, como miembros titulares y sus respectivos suplentes. Presidirá el comité el Gerente de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos o en su defecto, el Gerente General, correspondiéndole convocar a los Gerentes o Jefes de Ofi cina, según su disponibilidad, que integren dicho Comité. Considerando lo dispuesto en el artículo precedente, las características del cargo requerido, el perfi l de los Gerentes Públicos en situación de disponibilidad catalogados para dicho puesto tipo y, de ser el caso, la opinión de la entidad de destino sobre los Gerentes Públicos propuestos por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, el referido Comité efectuará la propuesta del candidato o candidatos que considere idóneos para desempeñar el cargo. Para la elección del o los candidatos, el comité podrá considerar a Gerentes Públicos que se encuentren desempeñando los cargos solicitados.” Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de SERVIR. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO BETETA OBREROS Presidente Ejecutivo 639670-2 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban el “Manual de especificaciones para el envío de Información de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV relacionada al mercado integrado a través del enrutamiento intermediado” RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 012-2011-EF/94.01.2 Lima, 19 de abril de 2011 VISTOS: El expediente Nº 2011011553 y el Informe Conjunto Nº 240-2011-EF/94.06.1/94.05.2 de fecha 13 de abril de 2011, de la Dirección de Mercados Secundarios y la Ofi cina de Tecnologías de la Información; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126, es función de esta institución estudiar, promover y reglamentar el mercado de valores y controlar a las persona naturales o jurídicas que intervienen en dicho mercado; Que, el artículo 7° de la Ley del Mercado de Valores, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 861 (LMV), establece que CONASEV se encuentra facultada para dictar los reglamentos correspondientes; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 107- 2010-EF/94.01.1 del 29 de octubre de 2010, se aprobó el Reglamento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado; Que, el artículo 2° del Reglamento antes mencionado señala como objetivo el establecer las condiciones, requisitos, obligaciones y aspectos operativos exigibles para el funcionamiento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado; Que, el numeral 31.4 del artículo 34 del Reglamento Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado establece que para fi nes de supervisión y control, CONASEV establecerá mediante disposiciones de carácter general, la forma, medios y demás especifi caciones que deben cumplir la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV para la preparación y presentación de información relacionada a las operaciones realizadas en el Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado; Que, en cumplimiento de la disposición antes señalada, es necesario aprobar el Manual de Especifi caciones para el envío de Información de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV relacionada al mercado integrado a través del enrutamiento intermediado; Estando a lo dispuesto por el artículo 2, inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, a lo señalado en el artículo 7° de la LMV y en ejercicio de la facultad delegada a la Gerencia General, según lo establecido en el artículo 2° de la Resolución CONASEV N° 020-2000-EF/94.10; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Manual de especifi caciones para el envío de Información de la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV relacionada al mercado integrado a través del enrutamiento intermediado” cuyo texto forma parte de la presente Resolución Gerencia General. El referido Manual será publicado en el portal de CONASEV en internet (www.conasev.gob.pe) en la misma fecha que sea publicada esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2°.- Aprobar el cronograma de presentación de la información que debe ser remitida por la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A., de acuerdo al Manual aprobado en el artículo precedente. El referido cronograma