Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

442618

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Modifican disposicion transitoria de la Directiva "Procedimiento para la Contratacion de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para labores de Supervision y Fiscalizacion Ambiental"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2011-OEFA/CD
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 Visto: El Informe Nº 198-2011/OEFA-DS, de fecha 25 de MORDAZA de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, a traves de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, otorgandose al OEFA la calidad de ente rector del citado sistema; Que, el articulo 11º de la Ley Nº 29325 establece que son funciones generales del OEFA, (i) la funcion evaluadora, (ii) la funcion supervisora directa, (iii) la funcion supervisora de entidades publicas, (iv) la funcion fiscalizadora y sancionadora, y (v) la funcion normativa; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 29325, senala que las funciones asignadas al OEFA, con excepcion de la normativa y la sancionadora, podran ser ejercidas a traves de terceros en lo que corresponda, estableciendo expresamente en el numeral 12.2 del articulo 12º que el OEFA establecera los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de los terceros que podran ejercer dichas funciones, asi como los procedimientos para la contratacion, designacion y ejecucion de las tareas que realizaran; Que, en tal sentido, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1842008-EF, seran de aplicacion supletoria a la normativa especial de contratacion de terceros supervisores y fiscalizadores en materia ambiental a cargo del OEFA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010MINAM, se aprobo el inicio del MORDAZA de transferencia de funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia ambiental del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN al OEFA, siendo transferidas las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia ambiental del subsector mineria el 22 de MORDAZA del 2010. Asimismo, el inciso b) del articulo 3º del citado Decreto Supremo, establecio que en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, contados a partir de su vigencia, el OSINERGMIN transferira al OEFA, las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion ambiental en materia de hidrocarburos en general y electricidad, plazo que vencia el 22 de enero de 2011; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 004-2010-OEFA/CD, del 13 de agosto de 2010, se creo el Registro de Supervisores y Fiscalizadores a cargo del OEFA, donde se inscribiran las personas naturales

o juridicas que seran contratadas como terceros supervisores o fiscalizadores. Asimismo, mediante la indicada Resolucion de Consejo Directivo, se aprobo la Directiva "Procedimiento para la Contratacion de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para Labores de Supervision y Fiscalizacion Ambiental", el cual establece un procedimiento que regula la contratacion de los terceros supervisores y fiscalizadores para que realicen las labores de supervision y fiscalizacion ambiental; Que, la Disposicion Transitoria de la Directiva del considerando anterior, establece que en tanto se implemente el Registro de Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, las Direcciones de Linea podran proponer al Presidente del Consejo Directivo del OEFA, la contratacion como terceros supervisores y fiscalizadores, a aquellas empresas o personas naturales que han venido realizando labores para el OSINERGMIN, en materia de supervision y fiscalizacion ambiental. Para tal efecto, las Direcciones de Linea correspondientes deberan emitir un informe de evaluacion de cada empresa o persona natural, declarando que se encuentran aptas para ser contratadas. El contrato en cuestion tendra como plazo MORDAZA el ejercicio 2010; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2011MINAM, del 21 de enero de 2011 se aprobo la ampliacion en treinta (30) dias habiles adicionales, el plazo para la transferencia de las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion ambiental en materia de hidrocarburos en general y electricidad del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, previsto en el inciso b) del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 001-2010MINAM; a fin de culminar dicho proceso; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 001-2011-OEFA/CD del 02 de marzo de 2011, se aprueba los aspectos objeto de la transferencia de las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion ambiental en materia de hidrocarburos en general y electricidad, entre el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, determinando que la fecha en que el OEFA asumira dichas funciones sera el 4 de marzo de 2011; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de transferencia de las funciones de supervision, fiscalizacion y sancion en materia ambiental de los subsectores hidrocarburos en general y electricidad del OSINERGMIN al OEFA, y con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio de dichas funciones, es necesario modificar la Disposicion Transitoria de la Directiva "Procedimiento para la Contratacion de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para Labores de Supervision y Fiscalizacion Ambiental", en el sentido de autorizar para el ejercicio 2011 la contratacion de terceros supervisores y fiscalizadores que han venido realizando para el OSINERGMIN labores de supervision y fiscalizacion ambiental en los subsectores de hidrocarburos en general y electricidad; Que, son funciones del Consejo Directivo como MORDAZA organo del OEFA, entre otras, definir la politica institucional y emitir resoluciones en el ambito de su competencia, segun lo establecido en los incisos a) y n) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; Que, en Sesion Ordinaria Nº 008-2011, el Consejo Directivo del OEFA adopto el acuerdo de modificar la Directiva "Procedimiento para la Contratacion de Terceros Supervisores y Fiscalizadores para labores de Supervision y Fiscalizacion Ambiental" y crear el Registro de Supervisores y Fiscalizadores"; Con el visto de la Direccion de Evaluacion, Direccion de Supervision, la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos, la Oficina de Administracion, la Oficina de Asesoria Juridica, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Secretaria General del OEFA; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 y el articulo 12º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM y la Resolucion Suprema Nº 017-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR el MORDAZA parrafo de la Disposicion Transitoria de la Directiva "Procedimiento para

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.