Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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o El cronograma de pagos en caso se adopte la modalidad de venta a plazos, la misma que no podra exceder de doce (12) cuotas. o La fecha de caducidad de la oferta de venta. La MORDAZA de venta contiene una oferta de venta, la cual es indispensable para cancelar el precio total del lote o la cuota inicial y amortizar los pagos de las cuotas correspondientes. En caso de no efectuarse el pago dentro del termino de vigencia se considerara rechazada la solicitud. Unicamente en caso de acogerse a la venta a plazos y desear pagar la misma en cuotas menores a las fijadas en la MORDAZA de venta, el solicitante el dia de la fecha de pago y MORDAZA de la caducidad, lo solicitara por escrito al Comite de Evaluacion, la misma que sera aprobada automaticamente con la sola solicitud, siempre y cuando abone integramente el monto correspondiente a la primera cuota. - Efectuada la cancelacion total, en caso de haberse acogido al pago al contado; o la cancelacion de la cuota inicial, en caso de haberse acogido a la venta a plazos, el Comite mediante acta aprobara la minuta correspondiente y a traves del Secretario Tecnico elaborara la misma, que sera suscrita por el Presidente Regional, la que se entregara al adjudicatario para su elevacion a escritura publica. En caso el solicitante se acoja de la venta a plazos el Secretario Tecnico debera consignar la hipoteca de acuerdo al cronograma de pago. - El adjudicatario proporcionara al Gobierno Regional del Callao una MORDAZA simple de la escritura publica de la adjudicacion en venta directa con la MORDAZA de inscripcion en los Registros Publicos. - Recibida la MORDAZA de la escritura publica, la Jefatura del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec y Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec comunicara a la Gerencia Regional de Administracion a fin de que a traves de la Oficia de Contabilidad haga el descargo correspondiente en los registros contables. Articulo 35.- De la superficie, usufructo, arrendamiento, afectacion en uso, comodato y cesion de uso. El derecho de superficie, usufructo, arrendamiento, afectacion en uso, comodato y cesion de uso de areas involucradas en el Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec se realizaran siguiendo el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Y seran ejecutados a traves de la Jefatura del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec y Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, como encargado del proyecto, mediante Resolucion Jefatural en lo que corresponda. Disposicion complementaria: Unica.- Toda mencion a la Jefatura del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, se entendera hecha a la Jefatura del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec y Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec. Disposiciones transitorias: Tercera.- Los procedimientos de adjudicacion iniciados durante la vigencia del Reglamento aprobado mediante Decreto Regional Nº 003-2006-PR, que hayan sido vistos por el comite de evaluacion anterior, y no cuenten con MORDAZA de venta y se MORDAZA efectuado el precio total del lote o se este amortizando los pagos de las cuotas correspondientes, se adecuara su tramitacion a lo dispuesto en el presente reglamento. Cuarta.- Los articulos no modificados mediante el presente Decreto Regional conservaran su plena vigencia. Articulo 2.- El texto modificatorio sera publicado en el Diario El Peruano, y en la Pagina Web del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Declaratoria de Emergencia del Servicio de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores para el distrito de El MORDAZA
ORDENANZA Nº 476-MDEA
El MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, el Informe Nº 048-2011-GEMU-MDEA del Gerente Municipal, Informe Nº 254-2011-GSC-GEMU-MDEA del Gerente de Seguridad Ciudadana y el Informe Nº 167-2011-GAJ-MDEA del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º , modificado por la Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 73º y el 81º inciso 3.2) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 preceptuan que los Gobiernos Locales son competentes en materia de MORDAZA, circulacion y transporte publico; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA ­ Ley Nº 27181, establece en su articulo 18º que las municipalidades distritales ejercen competencia sobre el transporte menor (mototaxis y similares), en materia de transito: la gestion y fiscalizacion; y en materia de transporte: la regulacion. Que, el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, disponiendose que la municipalidad distrital donde se presta el servicio es la competente para normar, controlar, fiscalizar, imponer y ejecutar sanciones por incumplimiento de disposiciones que regulan el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores; Que, la Ordenanza Nº 241-99-MML establece que es competencia de las municipalidades distritales efectuar las labores de fiscalizacion y control del servicio del transporte en vehiculos menores a fin que se de cumplimiento la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 254-2011-GSC-GEMUMDEA, del Gerente de Seguridad Ciudadana senala que el incremento de mototaxis informales genera un caos vehicular y aumento de situaciones de inseguridad (asaltos, robos, arrebatos al paso, accidentes de MORDAZA y violaciones), siendo necesario que se declare en emergencia el Servicio de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de El Agustino; que permitan dictar medidas correctivas urgentes, en cuya ejecucion deben de contar con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, de los mototaxistas formales y la participacion de los dirigentes vecinales y los Comites Vecinales de Seguridad Ciudadana y Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana; Que, es necesario la dacion de un instrumento de gestion, contenido en una ordenanza municipal que modifique algunos articulos de la Ordenanza Nº 298-2006MDEA, para asi establecer nuevos lineamientos y pautas que regule con urgencia este servicio en el distrito de El MORDAZA, con el apoyo de personal tecnico; Que, para coadyuvar en la fiscalizacion del transporte de los vehiculos menores, se hace necesario crear un cuerpo de inspectores municipales de transporte para vehiculos menores; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica

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