Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442625

Internamiento de la unidad por dos (2) dias y multa de Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 108.00) al conductor infractor. (...) o) Por utilizar lugares no autorizados como paraderos: Internamiento de la unidad por tres (3) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) al conductor infractor. (...) q) Por ocasionar accidentes al pasajero y/o peaton: Internamiento de la unidad por dos (2) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) al conductor infractor. (...) t) Por agresion verbal contra la autoridad municipal: Internamiento de la unidad por dos (2) dias y multa de Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 108.00) al conductor infractor. Por agresion fisica contra la autoridad municipal: Internamiento de la unidad por cinco (5) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) al conductor infractor, sin perjuicio de las sanciones penales que de su conducta se deriven. (...) u) Por no tener Poliza de Seguro vigente: Internamiento de la unidad por tres (3) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) al conductor infractor. (...) w) Por contar el vehiculo con lunas polarizadas o ahumadas: Internamiento de la unidad por un (1) dia y multa de Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 108.00) al conductor infractor. (...) bb) Por llevar acompanante al costado del conductor: Internamiento de la unidad por tres (3) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) al conductor infractor y retiro del asiento lateral. (...).". TITULO III DE LA CREACION DEL CUERPO DE INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE PARA VEHICULOS MENORES CAPITULO I DE LOS INSPECTORES Articulo 16º.- Crear el Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte para Vehiculos Menores, facultandole las mismas funciones y atribuciones conferidas a la Policia Municipal y Serenazgo establecidas por la Ordenanza Nº 2982006-MDEA para el cumplimiento de sus funciones. Articulo 17º.- El Inspector Municipal de Transporte para Vehiculos Menores es la persona designada por el Gerente de Seguridad Ciudadana mediante Resolucion Gerencial, encargada de supervisar el cumplimiento de la presente Ordenanza y otros dispositivos legales vigentes referidos al servicio de transporte en vehiculos menores, imponiendo papeletas de sancion por infracciones cometidas por personas juridicas y/o conductores de vehiculos menores formales e informales, estando ademas facultados para intervenir vehiculos menores motorizados o no motorizados, en movimiento o no, disponiendo el internamiento en caso de infraccion, sin perjuicio de solicitar el apoyo de la Policia Nacional del Peru, de considerarlo necesario. Para tales efectos portaran una credencial identificatoria emitida por la Municipalidad Distrital de El Agustino. Articulo 18º.- El Inspector Municipal de Transporte para Vehiculos Menores podra imponer hasta un MORDAZA de dos (2) infracciones en una misma Papeleta de Infraccion. TITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES CAPITULO I DISPOSICION TRANSITORIAS Primera.- Se suspende por noventa (90) dias calendario a partir de la vigencia de la presente Ordenanza

la recepcion de nuevas solicitudes de Resoluciones de Circulacion para personas juridicas en todas las zonas de trabajo contempladas en las Ordenanzas Nº 298-2006MDEA y Nº 444-MDEA emitida en el ano 2009. Segunda.- Por razones de seguridad la sancion para los mototaxistas que directa e indirectamente MORDAZA sorprendidos en actos tipificados como delitos se procedera al internamiento de la unidad vehicular por un plazo no menor de diez (10) dias ni mayor de treinta (30) dias segun la gravedad del delito mas una multa de Trescientos Sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 360.00), sin perjuicio de las sanciones penales que de su conducta se deriven. Tercera.- Se incorporan sanciones por infracciones no contenidas en las Ordenanzas Nº 298-2006-MDEA y Nº 444-MDEA, en los casos siguientes: a) Por el uso en el vehiculo menor informal de logotipos y letreros que corresponde a personas juridicas autorizadas: Internamiento de la unidad por cinco (5) dias, multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00) y retiro del letrero. b) Por el uso de la unidad vehicular para arrojar residuos solidos a la via publica: Internamiento del vehiculo menor por un (1) dia y multa de Ciento Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 108.00). c) Por el uso del vehiculo menor para realizar actos inmorales y/o consumo de droga: Internamiento de la unidad por tres (3) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00). e) Por la reincidencia de las infracciones estipuladas en los literales j), l), bb) del articulo 15º y Tercera Disposicion Transitoria de la presente Ordenanza: Internamiento de la unidad por diez (10) dias y multa de Ciento Ochenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 180.00). CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar al Gerente Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza; al Secretario General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo de la Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal su correspondiente difusion masiva. Segunda.- Deroguese toda disposicion legal que contravenga la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

640857-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Regulan el comercio ambulatorio en la via publica del distrito del MORDAZA
ORDENANZA Nº 246
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL MORDAZA Visto en sesion ordinaria de Concejo de fecha 05 de MORDAZA de 2011, el Dictamen Nº 002-2011-CARYC-

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