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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de mayo de 2011 442621 la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima –, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal designada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 641003-2 Dan por concluida designación de fiscal titular en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 820-2011-MP-FN Lima, 16 de mayo de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 364-2010-PCNM, de fecha 09 de setiembre del 2010, publicada el 13 de mayo del 2011; el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve no renovar la confi anza al doctor Guillermo Guzmán Muñoz, y en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Fiscal Provincial Titular Penal de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima, dejando sin efecto su nombramiento y cancelándose su título. Asimismo, por Resolución Nº 319-2011-PCNM, de fecha 03 de marzo del 2011, publicada el 13 de mayo del 2011; el Consejo Nacional de la Magistratura, resuelve declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por el doctor Guillermo Guzmán Muñoz, contra la Resolución Nº 364-2010- PCNM, disponiéndose la ejecución inmediata de la resolución de no ratifi carlo en el cargo Fiscal Provincial Titular Penal de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima, lo que hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho que ocupaba. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Guillermo Guzmán Muñoz, Fiscal Provincial Titular Penal de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima; en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita, materia de la Resolución Nº 898-2002-MP-FN, de fecha 30 de mayo del 2002. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Superior Titular – Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 641003-3 UNIVERSIDADES Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos 2011 de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 002-2011-UNTECS Villa El Salvador, 5 de enero del 2011 VISTO: El Proveído Nº 0048-2011-CO-P de fecha 05 de enero de 2011, mediante el cual se aprueba el “Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA 2011 de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima”; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 067-2007- UNTECS, de fecha 02 de julio de 2007, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima, para el Año Fiscal 2007; Que, mediante Informe Nº 003-2011-UNTECS-CO/P- P.D-OPI de fecha 05 de enero de 2011, el Jefe encargado de la Ofi cina de Planifi cación y Desarrollo, presenta para su evaluación el Proyecto del: “Texto Único de Procedimientos Administrativos – (TUPA) de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima”; Que, mediante Ofi cio Nº 006-2011-UNTECS-CO/P.D, de fecha 05 de enero de 2011, el Jefe de la Ofi cina General de Planifi cación y Desarrollo, presenta para su aprobación el “Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima”; Que, la Ley Universitaria Nº 23733 en su artículo 4º señala que: “La autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la República e implica los derechos siguientes: a) Aprobar su propio Estatuto y gobernarse de acuerdo con él, b). Organizar su sistema académico, económico y administrativo, c). Administrar sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la ley”; Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º preceptúa que: “Las universidades son promovidas por entidades privadas o públicas. La ley fi ja las condiciones para autorizar su funcionamiento, La universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley, Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes” Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, dispone en su artículo 38º lo siguiente: “El Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular del Organismo Constitucionalmente Autónomo, según el nivel de gobierno respectivo…”; Que, siendo el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA un instrumento de gestión institucional, necesario para reducir, simplifi car y unifi car los procedimientos requeridos por los administrados y así mismo establecer para cada caso los conceptos tarifarios por los derechos de trámite prestados por la Universidad; resulta procedente al amparo de las normas legales vigentes aprobarlo mediante Resolución Presidencial; Que, estando a lo establecido en el artículo 38º de la Ley General de Procedimientos Administrativos, así como a la Resolución Ministerial 316-ED, la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto General de la Universidad, confi eren al Presidente de la Comisión Organizadora; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2011 de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima”, constituido por noventa (90) procedimientos administrativos, anexado en veinticinco (25) folios a la presente Resolución. Segundo.- Dejar sin efecto el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2007 de la UNTECS”, aprobado con Resolución Presidencial Nº 067- 2007-UNTECS de fecha 02 de julio de 2007. Tercero.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad, la publicación de la presente Resolución Presidencial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así mismo en el portal Web institucional. Cuarto.- Disponer en el más breve plazo el cumplimiento de la presente Resolución, por parte de todas las dependencias académicas y administrativas