Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2011 (18/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de mayo de 2011 442682 c) Área Geográfi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográfi ca 5: Loreto. f) Área Geográfi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. ANIBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 641368-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Aprueban empleo del “Sistema Integrado de Transacciones Electrónicas de Datos en Salud (SITEDS), módulos Cliente y Facturación para EPS e IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 038-2011-SUNASA/CD Lima, 10 de mayo de 2011 VISTOS: El Informe Nº 00137-2011/IRD de la Intendencia de Regulación y Desarrollo, Informe Nº 00110-2011/OAJ e Informe Jurídico Nº 001-2011-SUNASA/OAJ de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9º de la Ley Nº 29344, Ley de Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud - SEPS como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; estableciéndose en la Tercera Disposición Complementaria de la misma que toda mención a la SEPS se entenderá como efectuada a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; Que, conforme al artículo 14º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS) tiene por objeto autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS); Que, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), mediante Resolución de Superintendencia Nº 019-2005-SEPS/CD, estableció el proceso de Transmisión Electrónica de Datos Estandarizados del Expediente de Facturación (TEDEF), a fi n de contar con información integral y de calidad, prestacional, administrativa y económica, que sirva para la generación de conocimiento y la oportuna toma de decisiones por parte de la SEPS, EPS y de las empresas y entidades que prestan servicios vinculados a sus planes de salud (EEVV); Que, la Resolución de Superintendencia Nº 019- 2005-SEPS/CD ha sido posteriormente modifi cada por las Resoluciones 061-2005-SEPS/S y la Resolución de Superintendencia Nº 003-2009-SEPS/S; Que, el TEDEF forma parte del Sistema de Transacciones Electrónicas de Datos de Salud – SITEDS, software desarrollado por la SUNASA para atender las principales transacciones de negocio entre Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPRESS (antes denominadas EEVV) e IAFAS EPS; Que, se hace necesario formalizar el empleo del Sistema Integrado de Transacciones Electrónicas de Datos en Salud (SITEDS) que a la fecha ya vienen utilizando alrededor de 400 prestadores de servicios de salud y las IAFAS EPS; Que, resulta pertinente contar con herramientas que se utilizarán en el nuevo contexto del Aseguramiento Universal en Salud; Que, el artículo 34º del D.S. Nº 008-2010, Reglamento de Ley de Aseguramiento Universal en Salud establece que “La SUNASA está facultada para reunir información relativa a las actividades de las IAFAS e IPRESS vinculadas al proceso de Aseguramiento Universal en Salud, con el objeto de informar a los agentes o a los usuarios o afi liados para permitirle tomar decisiones mejor informadas, así como para fi nes estadísticos y de control”; Que, conforme a lo dispuesto en los literales h) y n) del artículo 51º del Reglamento de Ley Nº 29344 aprobado por D.S. Nº 008-2010-SA, corresponde al Superintendente velar por la correcta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el empleo del “Sistema Integrado de Transacciones Electrónicas de Datos en Salud (SITEDS), módulos Cliente y Facturación para EPS e IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS”, el mismo que puede descargarse de la página Web de la Superintendencia. Artículo 2º.- El Sistema de Transacciones Electrónicas de Datos de Salud – SITEDS, es un software desarrollado por la SUNASA para atender las principales transacciones de negocios entre Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPRESS (clínicas y otros establecimientos de salud) y EPS, las mismas que posteriormente son reportadas a la SUNASA. Actualmente cuenta con dos módulos: 1. Módulo de Transacción de Consulta de Asegurado y Autorización de Servicios, software denominado SITEDS Cliente, el cual apoya el proceso de atención de pacientes en Clínica, brindando información en línea del plan de salud, cobertura de salud y porcentajes de pago que debe afrontar el paciente. Del mismo modo se pueden realizar autorizaciones de consulta, lo cual permite a la IAFAS EPS validar la prestación de sus pacientes atendidos. Entre otras funcionalidades se tiene: emisión de impresión, registro log local de las consultas autorizadas y posibilidad de usar la misma funcionalidad vía Web services, como aplicativo de escritorio que se descarga de Internet e instala en las áreas de admisión y como un Componente SITEDS que se incorpora dentro de aplicativos propios de las IPRESS. 2. Módulo de Transacción Electrónica del Expediente de Facturación (TEDEF) o SITEDS Facturación; dicho módulo permite apoyar el proceso de transmisión electrónica de los expedientes de facturación de las prestaciones de salud de los pacientes atendidos en las IPRESS hacia las EPS. Dicha transmisión facilita el recojo, la validación y la generación de bases de datos relevante para la gestión de la IAFAS EPS, información a ser transferida posteriormente a la SUNASA. Incluye información sobre datos administrativos, económicos y clínicos de la prestación. 1. Implementación del SITEDS CLIENTE Artículo 3º.- El empleo del SITEDS Cliente o sus componentes, integrado a sistemas informáticos propios, es obligatorio para las IAFAS EPS y todas las IPRESS ubicadas en ciudades donde se cuente con facilidad de acceso a Internet. Otras IAFAS e IPRESS en el contexto del Aseguramiento Universal en Salud, también podrán solicitar a la Superintendencia el empleo del SITEDS. Artículo 4º.- Las IAFAS EPS e IPRESS que utilicen el SITEDS Cliente, en coordinación y con autorización previa de la Superintendencia podrán desarrollar aplicaciones y nuevas utilidades para el SITEDS las mismas que, en lo