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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de mayo de 2011 443026 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Enrique Marco Antonio MARQUEZ Gianuzzi, CIP. 06833573, DNI. 07595417 y del Capitán de Fragata SGC. Marco Daniel PAUCAR Lecaros, CIP. 01801806, DNI. 43727940, para que participen en la Reunión Bilateral entre el Capitán de Puerto de Ilo (Perú) y Capitán de Puerto de Arica (Chile), a realizarse en la ciudad de Arica, República de Chile, del 1 al 3 de junio de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Tacna - Lima US$ 162.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 3 días x 2 personas = US$ 1,200.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los Ofi ciales comisionados, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 643478-7 Autorizan viaje de Oficiales de la Marina de Guerra a la República de Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 188-2011-DE/MGP Lima, 21 de mayo de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-1214 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 5 de abril de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 20/11.-DEDU,N7.1.- de fecha 18 de febrero de 2011, el Prefecto Nacional Naval de la Prefectura Naval de Argentina, hace de conocimiento al Director General de Capitanías y Guardacostas, la aprobación de la solicitud de vacantes para diversos cursos a dictarse en el presente año en la Escuela Superior de dicha Prefectura Naval, dentro de los cuales se encuentra el Curso “Inspector de Buques del Estado de Abanderamiento-Especialidad Seguridad de Equipos”, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 6 al 17 de junio de 2011; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje al exterior en Misión de Estudios de dos (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en el curso referido en el párrafo precedente; Que, la designación del Personal Superior para que participen en el citado curso, responde a la necesidad de capacitar y perfeccionar a los Ofi ciales en el manejo adiestrado y competente de las políticas y procedimientos actuales, relacionados a las inspecciones que se realizan a los buques del Estado de Abanderamiento, aplicados en el ámbito del transporte acuático, jurisdicción de la Autoridad Marítima Nacional; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 1: Formalización/Califi cación/Especialización, Ítem 2, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011 y su modifi cación, aprobada mediante Resolución Suprema N° 135-2011-DE de fecha 12 de abril de 2011; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. César Armando LARRIEGA Vigil y del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, para que participen en el Curso “Inspector de Buques del Estado de Abanderamiento en la Especialidad de Seguridad de Equipo”, que se realizará en la Escuela Superior de la Prefectura Naval de Argentina, con sede en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 6 al 17 de junio de 2011, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Autoridad Marítima, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Capitán de Fragata SGC. César Armando LARRIEGA Vigil, CIP. 06835521, DNI. 43521759 y del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, CIP. 01801843, DNI. 43419524, para que participen en el Curso “Inspector de Buques del Estado de Abanderamiento en la Especialidad de Seguridad de Equipos”, a llevarse a cabo en la Escuela Superior de la Prefectura Naval de Argentina, en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 6 al 17 de junio de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que corresponden de acuerdo a los dispositivos vigentes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (ARGENTINA) - Lima. US$ 710.00 x 2 personas (Incluye TUUA). Viáticos: US$. 200.00 x 12 días x 2 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los Ofi ciales comisionados, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial Superior más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.