Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2011 (22/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Visto el Informe Humanitario Nº 00337-2010 y el Acta de Sesion de fecha 06 de octubre de 2010, con recomendacion favorable de la Comision de MORDAZA Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA, es interna del Establecimiento Penitenciario de Cusco; Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el inciso 1) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la MORDAZA, como uno de los mas importantes al senalar que: "Toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica (...)"; Que, los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru facultan al Presidente a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia; Que, el indulto es la potestad del Presidente de la Republica para adoptar la renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, pudiendo otorgarse por razones humanitarias; Que, siguiendo los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en el expediente Nº 4053-2007-PHC/TC, toda Resolucion Suprema que disponga una MORDAZA presidencial tiene que aparecer debidamente motivada a los efectos de que, en su caso, pueda cumplirse con evaluar su compatibilidad o no con la Constitucion Politica del Estado; Que, en ese sentido, el numeral 6.4 del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales y el articulo 31º del Reglamento de la Comision de MORDAZA Presidenciales, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 162-2010-JUS, disponen que se recomendara el Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias, solo en los siguientes casos: a) Los que padecen enfermedades terminales. b) Los que padecen enfermedades no terminales graves, que se encuentren en etapa avanzada, progresiva, degenerativa e incurable; y ademas que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su MORDAZA, salud e integridad. c) Los afectados por trastornos mentales cronicos, irreversibles y degenerativos; y ademas que las condiciones carcelarias puedan colocar en grave riesgo su MORDAZA, salud e integridad. Que, el Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 04-2010INPE/22-EPMC-TOPICO, de fecha 17 de junio de 2010, emitido por la Jefatura del Servicio de Salud del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Quenccoro - MORDAZA, suscrita por los Doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Yury Olarte MORDAZA, senala como diagnostico: Cancer de cervix IIIº, asma bronquial controlada e hipertension arterial controlada; Que, el Protocolo Medico, de fecha 25 de agosto de 2010, emitido por la Jefatura del Servicio de Salud del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Quenccoro MORDAZA, suscrito por el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala como diagnostico: Cancer de cervix IIIº grado fase terminal; Que, el Informe Medico-81-2010, de fecha 23 de MORDAZA de 2010, emitido por la Jefatura del Servicio de Salud del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Quenccoro MORDAZA, suscrito por el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala como diagnostico: Cancer cervical estadio III (FASE TERMINAL) - segun Informe Medico de CERVI MORDAZA (ONG LA FUENTE) y Oficio Nº 1496 de la DIRECCION DEL HOSPITAL REGIONAL DEL MORDAZA, asma bronquial en tratamiento e hipertension arterial en tratamiento; Que, mediante Oficio Nº 1764-2011-DM/MINSA, de fecha 19 de MORDAZA de 2011, el Despacho Ministerial del Ministerio de Salud remite el Informe de Atencion Nº DRSC-Ofc. Nº 662-2011-HRC-UEEL, de fecha 13 de MORDAZA de 2011, emitido por el Hospital Regional del MORDAZA, suscrito por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portillo, Directora Ejecutiva del Hospital Regional del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Unidad de Estadistica e Informatica del Hospital de Apoyo Dptal. MORDAZA, que senala como diagnostico, respecto a la solicitante: CA. CERVIX STADIO 3B;

Que, de lo glosado en los precitados documentos se establece, que MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA, se encuentra inmersa en el supuesto senalado en el literal b) del numeral 6.4 del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, pues se trata de una persona que padece de una enfermedad no terminal grave progresiva, degenerativa e incurable; Que, en el presente caso, la gravedad de la enfermedad se configura como un argumento en el que se justifica la extincion de la accion penal que conlleva la MORDAZA, sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente reconocidos, toda vez que casos excepcionales de personas con enfermedad grave, como la presente, hacen que la continuidad de la ejecucion penal pierda todo sentido juridico y social; Que, en consecuencia, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, a lo senalado en el articulo 31º del Reglamento de la Comision de MORDAZA Presidenciales aprobado por Resolucion Ministerial Nº 162-2010-JUS y lo previsto en los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a la interna del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA DE MORDAZA, FIDELIA. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 643478-13

Designan funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0096-2011-JUS MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM se establecio la obligacion de las Entidades de la Administracion Publica de contar con un Libro de Reclamaciones; Que, el articulo 5º de la citada MORDAZA senala que mediante resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de cada entidad, siendo pertinente dar cumplimiento a lo senalado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Administracion, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 642950-1

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