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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2011 (25/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de mayo de 2011 443190 RESUELVE: 1º.- OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN PEDAGOGIA Y HUMANIDADES. ESPECIALIDAD: BIOLOGIA Y QUIMICA, a don SANTOS SAENZ EMIGIDIO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 4471, registrado a Fojas 477 del Tomo 021 - B. 2º.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley Nº 28626. 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. CARLOS ANTONIO ADAUTO JUSTO Rector ROGER RAMOS REYMUNDO Secretario General 643529-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Otorgan autorización a Tecnológica de Alimentos S.A. para desarrollar la actividad de generación de energia eléctrica en planta industrial ubicada en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 120-2011-GRA-DREM Huaraz, 17 de mayo de 2011 VISTO: El Expediente con registro Nº 4947, del 14 de diciembre de 2010, presentado por la Empresa TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11073052 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, debidamente representada por Olga Claudia Bianchi De Los Rios, con D.N.I Nº 0002768, sobre solicitud de otorgamiento de Autorización para Generación Termoelectrica; CONSIDERANDO: Que, la Empresa TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., mediante documento con registro Nº 1707, de fecha 25 de Abril de 2011, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la planta de Generación Termoeléctrica, correspodiente a los grupos Electrógenos de la Planta Industrial TASA- Chimbote Nuevo, con una potencia instalada de 4,310 Kw (cuatro mil trescientos diez Kw), ubicada en la Av. Los Pescadores s/n. Lote A, Zona Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, mediante recurso con registro Nº 1707 del 25 de abril de 2011, TECNOLOGIA DE ALIMENTOS S.A., remite información complementaria para la autorización de Generacion Termoeléctrica de la Planta TASA – Nuevo Chimbote; Que, el área de Electricidad de la Direccion Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 003-2011-GRA-DREM/ATE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem 4.2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energía y Minas, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0709-2009-REGION ANCASH/ PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar AUTORIZACION por tiempo indefi nido a favor de la Empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., que se identifi cará con código de Expediente Nº 0001-GRA-DREM/T, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Generación Termoeléctrica, correspodiente a los grupos Electrógenos de la Planta Industrial TASA-Chimbote Nuevo, con una potencia instalada de 4,310 kW, ubicada en la Av. Los Pescadores s/n. Lote A, Zona Industrial 27 de Octubre, Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash. Artículo 2º.- TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del D.S. Nº 009-93–EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDDY ELISEO JACOME DAPAZ Director General 643545-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Modifican la Ordenanza Nº 378-MDEA mediante la cual se declaró de interés y necesidad el uso masivo del gas natural para los sectores residencial y comercial en el distrito ORDENANZA Nº 479-MDEA El Agustino, 19 de mayo del 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO