Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2011 (03/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

452685

Articulo 29°.- PROCLAMACION Una vez concluido el escrutinio y redactada el Acta Electoral, el Comite Electoral procedera a proclamar a los 6 candidatos que obtuvieron mayor votacion, como representantes de la sociedad civil para conformar el Consejo de Coordinacion Local Distrital para el periodo 2011 ­ 2013. Articulo 30°.- DIFUSION DE LOS RESULTADOS EL Comite Electoral en el plazo de 3 dias, comunicara al MORDAZA y a la Oficina de Participacion Ciudadana e Imagen Institucional la relacion de los representantes electos de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, para su difusion y tramite correspondiente y conformacion mediante Acuerdo de Concejo. TITULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Articulo 31°.- DURACION DEL MANDATO DE LOS REPRESENTANTES El mandato de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es de dos (2) anos calendario contados desde la fecha de su conformacion. En los casos de reemplazos de representantes por vacancia o renuncia, la designacion sera de acuerdo a la votacion y en forma sucesiva obtenida en su MORDAZA, hasta completar el numero de representantes. Articulo 32°.OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a: a) Coordinar con sus representados las opiniones y propuestas que llevara a las sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital. b) Coordinar permanentemente con los otros representantes de las organizaciones al Consejo de Coordinacion Local Distrital para informar de las propuestas u opiniones que presentaran en las sesiones y concertar las propuestas conjuntas. c) Presentar al Consejo de Coordinacion Local Distrital las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones sociales del distrito de Los MORDAZA a la que representan, independientemente de su opinion personal sobre el particular. d) Presentar y publicar los informes por escrito luego de cada periodo de sesiones contempladas en el articulo 99° de la Ley Organica de Municipalidades, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido. Articulo 33°.DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital tienen derecho a: a) Convocar a los representantes de las organizaciones sociales inscritas en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de manera individual o conjunta a las reuniones de coordinacion e informacion que crean conveniente. b) Ser informados por los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital sobre las propuestas que presentaran a estas sesiones. c) Presentar su renuncia ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido. Articulo 34º DE LA VACANCIA Y REVOCATORIA DEL MANDATO La condicion de representante de la sociedad civil al Consejo de Coordinacion Local se pierde por vacancia o por revocatoria. Articulo 35º.- CAUSALES DE VACANCIA DEL CARGO DE REPRESENTANTE El cargo de representante de la sociedad civil ante el

Consejo de Coordinacion Local vaca por las siguientes causales: a) Por fallecimiento. b) Por incapacidad fisica o mental permanente, debidamente acreditada con arreglo a Ley. c) Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. d) Dejar de residir de manera injustificada por mas de 180 dias continuos o no, en el distrito, en un periodo de 365 dias calendario. e) Por inasistencia reiterada a los procesos participativos de desarrollo del Distrito. f) Por sobrevenir, con posterioridad a la eleccion, cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser MORDAZA o regidor en la Ley de Elecciones Municipales. El Consejo de Coordinacion Local acuerda la vacancia en reunion expresa convocada para tal fin. Articulo 36º.- REVOCATORIA DEL MANDATO DE REPRESENTANTE La revocatoria del mandato del representante de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local procede si dos tercios del numero legal de delegados(as)electores de las organizaciones inscritas en el Libro de Registro y aceptadas, asi lo acuerda en asamblea expresa convocada para tal fin. La perdida del mandato entra en vigencia con la designacion del MORDAZA representante. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad de Los MORDAZA abrira el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD a que se refiere la presente Ordenanza, dentro de los tres (03) dias siguientes a la entrada en vigencia de la misma. Segunda.- El Comite Electoral, resolvera todo lo no previsto en el presente Reglamento, siendo sus resoluciones inapelables. Tercera.- Una vez instalado el Consejo de Coordinacion Local Distrital elaborara su propuesta de Reglamento, el mismo que debera ser aprobado mediante Ordenanza durante el primer trimestre de su funcionamiento. 711226-1

Aprueban la Estructura Organica, el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA
ORDENANZA Nº 359-CDLO Los MORDAZA, 27 de octubre de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 019-2011-MDLO/CAL de la Comision Permanente de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el Art. IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades contempla que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, siendo que el Art. X senala que promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, ello con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.