Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2011 (16/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

453405

UNIVERSIDADES
Aprueban expedicion de duplicado del Grado Academico de Bachiller con mencion en Ingenieria Mecanica y Electrica otorgado por la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL N° 1444
MORDAZA, 14 de octubre de 2011 Visto el expediente SIGA: 2011-19898 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Li, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Mecanica y Electrica; CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA MORDAZA Li, identificado con DNI N° 08498627, egresado de esta MORDAZA de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedicion del duplicado de su diploma de Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Mecanica y Electrica, por perdida de dicho documento, adjuntando la documentacion sustentatoria respectiva, segun lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, aprobado por Resolucion Rectoral N° 0122 del 18 de enero del 2008; Que, la Oficina de Tramite Documentario, MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de la Universidad, mediante informe de fecha 08-09-2011 precisa que el diploma del senor MORDAZA MORDAZA Li, se encuentra registrado en el Libro de Bachilleres N° 06, pagina 390, con el numero 20402-B; teniendose en cuenta la documentacion que acompana segun el Oficio N° 760-2011-1er.VR, de fecha 10 de octubre de 2011, del Primer Vicerrector, Geol. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA y la recomendacion de la Comision Academica y de Investigacion en su sesion N° 40-2011 realizada el 10-10-2011; y Que el Consejo Universitario en sus sesion extraordinaria N° 34 del 11 de octubre del 2011 acordo aceptar lo solicitado y la expedicion del duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Mecanica y Electrica; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), articulo numero 52° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la expedicion de duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion Ingenieria Mecanica y Electrica al senor MORDAZA MORDAZA Li, otorgado el 27 de enero de 1999, anulandose el diploma otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA Rector (e)

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, el tercer parrafo del articulo 23 de la Constitucion, establece que ninguna relacion laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador; y, en el mismo sentido, el numeral 2) del articulo 26, senala que en la relacion laboral debe respetarse el caracter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitucion y la Ley; en esa misma linea normativa, el articulo 43 del Decreto Supremo Nro. 19-90-ED / Reglamento de la Ley del Profesorado, establece que los derechos alcanzados y reconocidos al profesorado por la Constitucion, la Ley y el Reglamento son irrenunciables, siendo toda aplicacion en contrario nula. Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nro. 037-AREQUIPA, modificada por la Ordenanza Regional Nro. 041AREQUIPA, y, ampliada por la Ordenanza Regional Nro. 042-AREQUIPA, especificamente, en una Octava Disposicion Complementaria Final, respecto de las plazas de los Proyectos Especiales de la Gerencia Regional de Educacion, tutela y protege los casos en los que la evaluacion anual favorable del docente ha determinado la renovacion sucesiva de su contrato, reconociendose el caracter ininterrumpido de la relacion juridico laboral. Que, ante los actos y acciones administrativas por parte de funcionarios a nivel de la Gerencia Regional de Educacion, de las Unidades de Gestion Educativa Local y de Directores de Instituciones Educativas, en el sentido de pretender desconocer el caracter ininterrumpido de los contratos y/o vinculos laborales de los senores docentes del Programa Especial de Educacion Fisica, entonces, resulta necesario y pertinente precisar los alcances de las Normas Regionales senaladas. Que, por estas consideraciones, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Vigencia de Derechos Laborales DECLARAR de caracter ininterrumpido los contratos de los senores docentes del Programa Especial de Educacion Fisica de la Gerencia Regional de Educacion; en consecuencia, el cese del docente se producira por evaluacion desfavorable de desempeno al termino del ano, y/o, por la verificacion de una de las causales previstas en el articulo 45 de la Ley 24029 / Ley del Profesorado, correspondiendo a la Gerencia Regional de Educacion verificar y hacer cumplir en todos los niveles y organos del sector, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo 2º.- Nulidad y Sancion Disciplinaria Toda Resolucion, actividad o accion administrativa contraria a la presente Ordenanza Regional, por parte de los funcionarios de la Gerencia Regional de Educacion o de las Unidades de Gestion Educativa Locales (UGELs), o de Directores de Instituciones Educativas, sera nula y se sancionara como falta grave. Articulo 3º.- Vigencia y Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", y de aplicacion en el ambito territorial de la Region Arequipa. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo de 2011. HENRRY IBANEZ MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA

715905-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de caracter ininterrumpido los contratos de docentes del Programa Especial de Educacion Fisica de la Gerencia Regional de Educacion
ORDENANZA REGIONAL Nº 134-AREQUIPA
El Consejo Regional de MORDAZA

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