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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de noviembre de 2011 453409 conformidad al literal b.4) del artículo 4º de la presente ordenanza. - Reconocimiento de la Deuda: Los administrados que se acojan al benefi cio dispuesto en el presente artículo reconocen expresamente las infracciones que originaron las multas o resoluciones de sanción objeto de cancelación, por lo que no podrán presentar reclamo o solicitud de devolución alguna. Quedando entendido además, que el pago de la multa no libera al infractor de la subsanación o regularización de la situación que originó la sanción pecuniaria, es decir la medida complementaria es ejecutable, siempre y cuando no se haya regularizado la conducta infractora. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las normas complementarias necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Segunda.- Encargar a la Secretaría General disponga la publicación del íntegro de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el Portal Institucional. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Informática y Estadística el acondicionamiento del Sistema de Rentas para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- Los pagos efectuados por los contribuyentes antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por los conceptos que se mencionan en la presente Ordenanza tienen carácter de cancelatorios, por tanto no podrán ser reclamados, devueltos ni objeto de compensación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 716872-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el Plan Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011- 2014 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2011-MPH Huaral, 14 de setiembre de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 007-2011-CSSAYE-MPH de la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 - 2014; y, CONSIDERANDO; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con Personería Jurídica de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozando de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, puesto a consideración del Pleno, sometido al debate correspondiente, disponen en forma unánime aprobar la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SALUD Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE HUARAL 2011 – 2014” Artículo Primero.- Aprobar el Plan Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Los sectores que participan en la elaboración del Plan Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014 y los representantes de la Red de Salud Huaral, la Micro Red Huaral y la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 10 de Huaral y la Municipalidad Provincial de Huaral adoptarán las medidas necesarias para su cumplimiento. Artículo Tercero.- Constituir el Concejo Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, como una instancia deliberativa, proponente y rectora en materia de sus definiciones y que es la encargada del seguimiento y monitoreo de las acciones señaladas en el Plan Local de Salud y Educación de Huaral 2011 – 2014, a fin de lograr su implementación por parte de los sectores involucrados. Artículo Cuarto.- El Concejo Local de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, estará conformado por los siguientes miembros: - El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral. - El Director de la Red de Salud Huaral. - El Director de la Unidad de Gestión Local – UGEL Nº 10 de Huaral. - El Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza de la Provincia de Huaral. Artículo Quinto.- Las funciones del Concejo Local del Plan de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, son las siguientes: a) Evalúa y monitorea la efectividad de las políticas locales de Salud y Educación 2011 – 2014. b) Propone mejoras normativas de las políticas, planes y programas de Salud y Educación 2011 2014. c) Hace seguimiento al Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014. d) Suscribe alianzas de cooperación interinstitucional orientadas a las mejoras de las políticas locales de Salud y Educación 2011 – 2014. e) Aprueba y supervisa la ejecución del presupuesto del Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014. Artículo Sexto.- Las funciones del Equipo Técnico del Plan de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, son las siguientes: a) Formular el Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014. b) Formular el Plan Operativo 2011 – 2012 del Plan Local de Salud y Educación. c) Es responsable de la gestión operativa de la implementación del Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014. d) Remitir los resultados del Plan Operativo 2011 – 2014 del Plan Local de Salud y Educación a la instancia superior correspondiente. e) Promover la participación de la comunidad en el desarrollo del Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2012. f) Desarrollar acciones conjuntas entre la Red de Salud Huaral, la Micro Red de Salud La Querencia, la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 10 de Huaral y la Municipalidad Provincial de Huaral, con el propósito de mejorar la calidad de vida y una cultura de promoción de la salud. g) Proponer Proyectos de Inversión Pública en el marco del Plan Local de Salud y Educación 2011 – 2014. Artículo Sétimo.- La Coordinación Ejecutiva del Equipo Técnico del Plan de Salud y Educación de la Provincia de Huaral 2011 – 2014, está bajo la responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad Provincial de Huaral y convoca a sesión una vez al mes en carácter ordinario y cada quince días cuando sus miembros decidan reunirse de manera extraordinaria.