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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de noviembre de 2011 453410 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Autorícese a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y la Gerencia de Administración a fi nanciar los gastos que genera la ejecución del PLAN LOCAL DE SALUD Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE HUARAL 2011 – 2014. Segunda.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en la Página Web de la Municipalidad: www.munihuaral.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 715839-1 Aprueban Reglamento que norma el Régimen de Tenencia, Registro y Control de Canes en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2011-MPH Huaral, 14 de setiembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que norma el Régimen de Tenencia, Registro y Control de Canes en el Distrito de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con Personería Jurídica de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozando de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley Nº 27265 se aprobó la Ley de Protección a los Animales Domésticos y a los Animales Silvestres mantenidos en cautiverio, a través del cual se declara de interés nacional la protección a todas las especies de animales domésticos y de animales silvestres mantenidos en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesión o muerte, estableciendo las Obligaciones de los dueños o encargados de los animales que son objeto de protección de dicha Ley. Que, de conformidad al numeral 10.1) del Artículo 10º de la Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes - Ley Nº 27596, dispone que las Municipalidades Distritales y Provinciales, respecto donde se ubique el domicilio del propietario o poseedor de canes serán competentes, entre otros, a llevar el registro de dichos canes, otorgar la licencia respectiva, supervisar el establecimiento de las medidas de seguridad necesarias para albergar canes considerados peligrosos, disponer su internamiento en los casos que se incumplan las obligaciones señaladas en la Ley, así como exigir el cumplimiento de las disposiciones y sanciones previstas en dicha norma legal. Asimismo, en la Tercera Disposición Transitoria y Final del citado dispositivo legal se faculta a las Municipalidades a dictar las normas reglamentarias para su aplicación. Que, mediante Informe Nº 061-2011-MPH-GSP de fecha 20 de junio de 2011, la Gerencia de Servicios Públicos remite el Proyecto de Ordenanza que norma el Régimen de Tenencia, Registro y Control de Canes en el Distrito de Huaral, a fi n de promover la higiene pública y salvaguardar la tranquilidad e integridad física de las personas; así como darle una mejor calidad de vida a los canes. Que, a través de Dictamen Nº 008-2011-CSSAYE- MPH presentado mediante Carta Nº 010-2011-SRR/ CSSAE de fecha 13 de setiembre de 2011, la Comisión de Salud, Saneamiento Ambiental y Ecología, recomienda la Aprobación del Proyecto de Ordenanza que Norma el Régimen de Tenencia, Registro y Control de Canes en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral. Asimismo, se cuenta con los Informes favorables de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Nº 344-2011/MPH/OAJ-CCCH y Gerencia Municipal Nº 0240-2011-MPH-GM; y con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º Numeral 8), Artículo 39º, 40º y 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE NORMA EL RÉGIMEN DE TENENCIA, REGISTRO Y CONTROL DE CANES EN EL DISTRITO DE HUARAL” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que Norma el Régimen de Tenencia, Registro y Control de Canes en el Distrito de Huaral, que consta de una Exposición de Motivos, Dieciocho (18) Artículos, Seis Capítulos (06) y Cinco (05) Disposiciones Transitorias, que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación íntegra de la presente Ordenanza en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 715838-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL