TEXTO PAGINA: 43
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453621 computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras faltantes de Habilitación Urbana Tipo B, como son las obras de agua potable, alcantarillado, veredas (aceras) y pistas (calzadas, Ornamentación del Parque y Señalización del predio de 14,700.00 m2., debiendo sujetarse al plano y memoria descriptiva fi rmado y sellado, de acuerdo al siguiente detalle: 2.1 Diseño: Se basará en el Cuadro de áreas siguientes: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCION AREA m2 Area Bruta del Terreno 14,700.00 Area Util: RDM 5,627.50 CZ 4,512.00 Recreación Pública 710.58 Ministerio de Educación 181.67 SERPAR 134.79 Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 182.15 Renovación Urbana 106.70 Local Comunal 97.17 Area Verde 57.05 Area de Vias 3,090.39 2.2 Pavimentos: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: a. Calzadas: Podrán ser del tipo Rígido o Flexible, con la califi cación del tipo de habilitación B, y las dimensiones y características de los componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. b. Aceras: Serán de concreto de calidad f!c=175 Kg/ cm2 de espesor 0.15 m y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento- arena fi na en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾” cada 5 ml. c. Sardineles: En los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15m. Ancho x 0.30m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. d. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos (martillos) de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069-2001- MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. 2.3 Obras Sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. 2.4 Electricidad: Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y término de las obras; los mismos que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. 2.5 Instalaciones Telefónicas: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián y copropietarios la obligación de que cancelen el défi cit de los Aportes Reglamentarios antes de la Recepción de Obras, los défi cit de aportes de SERPAR por el área de 46.88m2 y 280.81m2 que será valorizado y cancelado en SERPAR, el aporte de Renovación Urbana por el área de 168.49 m2 que será valorizado y cancelado en Emilima; para lo cual la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián deja en garantía de pago los lotes del 31 al 36 de la Manzana A. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR esta habilitación urbana con Construcción Simultánea debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Corporación Municipal de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29090 y su reglamento aprobado mediante DS. 024-2008-VIVIENDA Artículo Quinto.- DISPONER a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián y copropietarios, la inscripción de la presente resolución en el Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles a partir de haber tomado válido conocimiento del citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales fi nes Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identifi car las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por habilitar y vender lotes sin contar con autorización municipal o habilitación urbana aprobada. Artículo Septimo.- REMITIR copia certifi cada de las piezas necesarias del expediente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, sin perjuicio de comunicar el tenor del presente acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, al Servicios de Parques SERPAR-LIMA, EMILIMA y Ministerio de Educación. Artículo Octavo.- NOTIFICAR a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián el presente acto administrativo. Regístrese comuníquese y cúmplase. ELIANA LEDESMA CUEVA Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 718365-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2011 Mediante Ofi cio Nº 788-2011-MPC/SG la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal N° 029-2011, publicada en la edición del 12 de noviembre del 2011. DICE: Artículo 1.- Apruébase la campaña de regularización de los procesos de habilitaciones urbanas y edifi caciones en la Provincia Constitucional del Callao que hayan sido ejecutados sin licencia de habilitación urbana y/o edifi cación a la fecha de publicación de la presente Ordenanza, hasta el 31 de julio del 2012 de acuerdo a los procedimientos en la normativa urbanística y municipal vigente, vencido dicho plazo serán materia de demolición, conforme a lo establecido en el Artículo 30 de la Ley Nº 29090-Ley de Regularización de Habilitación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones.