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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453611 comunicación, medio ambiente, familia y menores, asistencia y acogida; Que, la Compagnia delle Opere (CDO) formula invitación al Gobierno Regional del Callao para participar de la Sétima Edición del MATCHING 2011, a realizarse del 21 al 23 de noviembre, en la Ciudad de Milán, Italia, cuyo eje central será el de crear oportunidades con las instituciones y empresas europeas en áreas como el medio ambiente, energía y sostenibilidad, sanidad, innovación, agroindustria y construcción; Que, el Matching es una oportunidad para pequeñas y medianas empresas interesadas en seleccionar a nuevos proveedores, conocer potenciales clientes, identifi car partners para la realización de proyectos, observar los mercados, internacionalizar las empresas e innovar y, asimismo desarrollar cooperaciones con el fi n de mantener una red internacional de empresas y organismos gubernamentales que promuevan intervenciones más sostenibles, Que, la Presidencia del Gobierno Regional ha dado su conformidad a participar en dicho evento internacional, por la importancia de lo precisado en los numerales precedentes, disponiendo que nuestra representación institucional recaerá en los funcionarios de las áreas técnicas de Cooperación Técnica Internacional y Dirección Regional de Salud; Que, la Jefatura de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional (OCTI) emite los Informes Nº 060-2011- REGION CALLAO/OCTI y Nº 067-2011/GRC-OCTI, mediante los cuales justifi ca técnicamente el interés regional tanto de su participación como la del Director Regional de Salud del Callao y requiere la certifi cación del Presupuesto para ejecutar la comisión de servicios a la Ciudad de Milán, Italia; y, Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (GRPPAT) ha dispuesto la certifi cación del crédito presupuestario para el pago de los pasajes y viáticos conforme precisa en el Informe Nº 214-2011,GRC/GRPPAT, para los funcionarios de la DIRESA CALLAO y de la OCTI; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado con D.S. Nº 047-2002-PCM (modifi cado por D.S. Nº 005-2006-PCM); y, por lo dispuesto por el Artículo 10, numeral 10.1 y literal a) de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011 y fi nalmente conforme la Directiva General Nº 002-2009-GRC-GA (Normas para el otorgamiento de Viáticos, asignación de cuentas por Comisiones en el País y el Extranjero); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la comisión de servicios al exterior a la Sra. Gioconda Tripi Morales, Jefa de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional y al Doctor Aldo Lama Morales, Director Regional de Salud; desde el 19 al 25 de noviembre del presente año fi scal en representación institucional para asistir a la Sétima Edición del MATCHING 2011 a realizarse en la Ciudad de Milán, Italia. Artículo 2º.- Autorizar el gasto que irrogue la participación de la Sra. Gioconda Tripi Morales Jefa de la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional y del Dr. Aldo Lama Morales Director Regional de Salud del Callao, a la Sétima Edición del MATCHING 2011, conforme el siguiente detalle y por cada uno de los participantes: PARTICIPANTES PASAJES VIATICOS Sra. Gioconda Tripi Morales S/. 5,967.00 S/. 3,526.00 Dr. Aldo Lama Morales S/. 5,967.00 S/. 3,526.00 TOTAL S/. 11,934.00 S/. 7,052.00 (*) Incluye Tarifa CORPAC Artículo 3º.- Dentro del plazo de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al País, ambos funcionarios deberán presentar a la Presidencia del Gobierno Regional un informe detallado, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuenta correspondiente a cada uno de ellos. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administración prevea y disponga las acciones pertinentes que garantice la participación institucional de ambos funcionarios. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 718640-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Crean el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CORCYTEC Moquegua ORDENANZA REGIONAL N° 011-2011-CR /GRM Fecha: 7 de julio del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Moquegua; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de fecha 07 de julio del 2011, el Dictamen N° 03-2011-CODECTPE/CR-GRMQ sobre la creación del Consejo Regional de Ciencia y Tecnología e Innovación de la Región Moquegua CORCYTEC. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, reformado por la Ley N° 27680, y lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos regionales, el Gobierno Regional es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por principio constitucional establecido en los artículos 14° y 59° de la constitución Política del Perú, el Estado promueve el desarrollo científi co y tecnológico del país; al mismo tiempo que, estimula la creación de riqueza, promoviendo la ciencia, la tecnológica y la innovación, para ser más competitivo; Que, la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, declara a las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, como de “Necesidad pública y de preferente interés nacional” y enfatiza su “Papel fundamental para la productividad y desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno” (Art. 2°); además prevé en el literal d) de su artículo 7° de la inclusión de los Gobiernos Regionales dentro del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica SYNACYT, dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en ciencia y tecnología y a su promoción que resulta concordante con el artículo 22° de la misma norma; asimismo establece que los Gobiernos Regionales están representados en el Consejo Directivo del CONCYTEC y en el Directorio del FONDECYT. Las instancias de los Gobiernos Regionales que ejecutan actividades de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica, tienen la facultad de convocar a las universidades, organizaciones y empresas de su jurisdicción para el cumplimiento de sus funciones. Que, el artículo 28° de la Ley N° 28303, se refi ere al fi nanciamiento e incentivos para la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, disponiendo que en el caso de los Gobiernos Regionales se podrán considerar en sus respectivos presupuestos anuales una asignación para el fi nanciamiento de Proyectos de Investigación Científi ca y de Innovación Tecnológica, de acuerdo a la norma vigente.